Variaciones sobre Teoría de la democracia de Giovanni Sartori
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diputados; una vez más, dejo que usted escoja la
nacionalidad; por mi parte escojo, argentinos, que en
su gran mayoría, son un muestrario de incapacidad,
incultura, corruptela y otras maravillas) que las leyes
fácilmente cambiables son incapaces de asegurar
la protección de la ley.
La solución del constitucionalismo liberal fue la del
gobierno de los legisladores, pero... con limitaciones;
dos limitaciones: una frente a un riguroso método en
la elaboración de las leyes, el que estaba sometido a
un sistema severísimo (vetos, dobles cámaras), y otra,
relativa al legislativo dominio que estaba restringido
por una ley superior (la constitución). Preservando
e impidiéndolas así, atentar contra los derechos que
afectan la libertad de los ciudadanos. Pero como usted
sabe muy bien, los constitucionalistas generalmente
no son constitucionalistas, y así paso con los creadores
de las constituciones liberales que le concedieron
independencia al Poder Judicial.
Para nuestro vastamente citado Rousseau, lo mejor era
«legislar lo menos posible», por eso fue que les escribió
a los ciudadanos de Ginebra: «Desde el momento en
que la construcción de vuestro gobierno ha alcanzado
una forma definitiva y estable (buenas leyes y prudentes)
vuestra función como legisladores ha terminado».