La primera guerra federal centroamericana, 1826-1829

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mecanismos de recolección. Sobre tales mecanismos, es importante resaltar que 
la contribución en todo el Istmo, decretada en 1823, asignaba a agentes de la 
Hacienda para que acompañasen la ejecución de los padrones y la recaudación. 
Sin embargo, esta medida falló por la falta de funcionarios para esa tarea. Así 
que, en el debate sobre la contribución del estado guatemalteco se puso mayor 
énfasis en las municipalidades como agentes recaudadores y a los curas y jefes 
políticos como encargados de los censos. 

Otro punto importante fue la aparición de la propuesta de la “contribución única”, 
como un remedio para las carencias fiscales, el descontento de la población, 
especialmente la indígena, y como mecanismo de centralización fiscal, el que 
ayudaría al gobierno guatemalteco para controlar las extracciones de recursos 
de la población. Esto se produciría porque tal propuesta evitaría que la Iglesia 
o las mismas comunidades pidiesen contribuciones especiales a los jornaleros y 
ciudadanos y, a su vez, los montos pasarían por las arcas públicas. Leandro Nova, 
en su propuesta, decía:

Los pueblos están agobiados con el peso de las contribuciones, están 
quejosos de las ofensas que reciben de los cobradores (…). Por lo dicho se 
infiere que imponiendo al ciudadano por esta ley la contribución directa 
como queda asentado, queda libre de los demás impuestos, y expedido 
para trabajar y traficar en lo que le tenga más cuenta.

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Este debate tuvo lugar al mismo tiempo que el descontento en distintos poblados 
de Los Altos se mantuvo, debido a los intentos de cobro del impuesto personal 
federal de diciembre de 1823. Además, no todos habían querido jurar fidelidad 
a la Constitución Federal. Para marzo de 1825, se reportó que Momostenango, 
San Francisco el Alto, Nebaj, Chajul y Cotzal, se negaban a prestar juramento a 
la norma constitucional. Luego se pudo saber que mantenían correspondencia 
con Vicente Filisola en Chiapas. El caso más conocido, Momostenango, mantuvo 

11 AGCA, C1 leg. 29 Exp. 709, Propuesta del ciudadano Nova sobre contribución directa, 1825, f. 6. 

El mismo Nova aclaraba el peso de las contribuciones: “el pueblo sufraga la alcabala, los 

estancos, los donativos, las contribuciones, las comunidades, el real de sustento, la entrada 

y salida de sus efectos en todos los mercados, y lo más sensible las injurias que recibe de los 

receptores; sufraga en la Iglesia el servicio al cura por todo un año la parte indígena, tiene que 

dar de su trabajo personal el sustento diario acaso para mantener un familión de haraganes, 

paga su bautismo, su casamiento, su entierro, sirve a las cofradías y las sostiene con su trabajo; 

la gente blanca paga derechos triples a la casta indígena, y paga diezmo y primicias.” f. 5v.