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Aquiles Linares M.
Espacios Políticos, año X, número 16, noviembre de 2017, pp. 63-76
dirigida contra los partidos nacionales
conducidos por criterios pluralistas.
En torno a la propuesta sobre el
incremento del plazo del cargo de los
magistrados del Tribunal Supremo
Electoral y de su presidente, la
Exposición de motivos, intenta
justificar la iniciativa argumentando
«fortalecer la institucionalidad del
Tribunal, reconocimiento a su labor
y garantía en la continuidad del
trabajo», opiniones que no pueden
estimarse serias en una iniciativa de
reforma a la ley.
Por otra parte, la exposición de
motivos, refiriéndose a la creación
del voto preferente, dice que «es el
que se emite a favor de un candidato
específico dentro del listado de un
partido o coalición de partidos, sin
importar el orden en que estén
inscritos», y lo justifica afirmando:
«Con ello, se facilita la elección
nominal (de personas) que puedan
conocer e identificar directamente
los electores, evitando así la lejanía
que suele darse entre los diputados
y los ciudadanos del distrito electoral
por el que resultaron electos». El
objetivo que reza la exposición de
motivos, evidentemente, persigue
oponer a la voluntad colectiva de
los partidos políticos de proponer a
la ciudadanía candidatos a cargos
de elección popular, concepción en
el derecho electoral de carácter
individualista. La iniciativa del
Ejecutivo es un abierto ataque
político a una de las decisiones
más importantes de los partidos y
explicita una propuesta ideológica y
política individualista que debe ser
sometida a serio debate en el seno
del Congreso de la República.
Sobre el tema de la Comisión de
Postulación, a la presente fecha, no
se conocen estudios o publicaciones
que sostengan la necesidad de
mantenerla vigente. La mayoría de
las opiniones conocidas coinciden
en fuertes críticas a su integración
y demandan su expulsión de la Ley
Electoral y de Partidos Políticos. Sin
embargo, hay quienes, admitiendo
la perniciosa experiencia de esa
instancia, proponen cambiar su
integración, con personalidades
de diferente origen, lo cual, en
esencia, permitiría la permanencia
de la misma estructura. La iniciativa
del Ejecutivo relacionada con la
Comisión de Postulación, se limita a
proponer la reforma del artículo 139
de la ley vigente, persiguiendo que
aquella se instale sesenta días antes
de la fecha en que termine el período
de cada renovación parcial de los
magistrados del Tribunal Supremo
Electoral. En otras palabras, el
Ejecutivo explicita tácitamente su
voluntad de mantener la institución
sin ningún cambio.