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Espacios Políticos, año X, número 16, noviembre de 2017, pp. 29-50
Pluralismo jurídico en Guatemala: por la necesidad de nombrar la dimensión invisible de la justicia
hoy por hoy uno de los mecanismos
más importantes de prevención de
conflictos y violencia en el país.
4.4. Los indígenas
llevan siglos resolviendo
sus conflictos sin ser
reconocidos y por ello no
hace falta una reforma
que incorpore su sistema.
Además, la constitución ya
reconoce sus costumbres y
formas de organización
El reconocimiento de las
costumbres y formas de organización
en el artículo 66 constitucional
es insuficiente, pues existe el
artículo 203 que establece que «la
función jurisdiccional se ejerce, con
‘exclusividad absoluta’, por la Corte
Suprema de Justicia y por los demás
tribunales que la ley establezca».
Ese principio de «exclusividad
absoluta» puede justificar que
muchos casos conocidos por la
jurisdicción indígena, sean juzgados
nuevamente por el sistema oficial.
Aunque existen fallos de la Cámara
Penal de la Corte Suprema de Justicia
y de la Corte de Constitucionalidad,
en los que se reconoce que
existe un sistema jurídico de los
pueblos indígenas, su falta de
reconocimiento en ley ha llevado
incluso al procesamiento penal de
autoridades indígenas en el ejercicio
de sus funciones
19
. En cualquier
caso, la lógica de supremacía y
exclusividad del sistema oficial, que
justifica la invisibilización de los
sistemas indígenas, se mantendrá
en la medida en que se postergue
su reconocimiento y su facultad de
jurisdicción.
4.5. No está claro que
la jurisdicción indígena
represente un aporte a los
derechos de las mujeres
Hay un punto de partida funda-
mental en este debate y es que no
solo la justicia indígena, sino «to-
dos los sistemas de justicia» tienen
el desafío de despatriarcalizarse.
Los derechos de las mujeres son
una agenda pendiente para todos.
Ningún sistema de justicia es onto-
lógicamente justo, porque más allá
de sus fundamentos axiológicos, su
praxis está sujeta a sus operadores
y autoridades, quienes a su vez es-
tán mediados por culturas que ge-
neralmente albergan subsistemas
o cuando menos prácticas de opre-
sión interna.
Entre los argumentos de quienes
se oponen al reconocimiento de
derechos de los pueblos indígenas
19
Ver la exposición de motivos de la iniciativa
5179 presentada al Congreso de la República.