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Espacios Políticos, año X, número 16, noviembre de 2017, pp. 29-50
Pluralismo jurídico en Guatemala: por la necesidad de nombrar la dimensión invisible de la justicia
condición de validez clave en un
contexto como el nuestro: existe
un plano previo de legitimidad del
Poder Judicial (y del poder público
en general) que se funda en la
crítica del monismo jurídico. El
derecho, los derechos humanos
y la democracia ‒desde su
raigambre liberal e individualista‒
son concepciones monistas con
pretensiones de universalidad, que
por tanto han sido históricamente
impugnadas por los pueblos
indígenas y afrodescendientes en
Latinoamérica.
Esa mirada crítica, relativa al
conjunto de valores y conocimientos
que moldean nuestra forma de
ver y entender el mundo, pone en
evidencia una realidad de lógicas
diversas respecto de la justicia,
sus fines, sus métodos y sus
autoridades. Sus reflexiones se
hallan también en el corazón de estos
debates, aun cuando por tratarse de
confrontaciones que cuestionan el
universalismo de las tesis liberales
y del positivismo legalista que
fundan la concepción dominante del
derecho en Guatemala, no salgan
a flote frecuentemente en la arena
pública.
Inicio este artículo, entonces,
poniendo por delante la paradoja
que el actual debate sobre reformas
constitucionales vino a recordarnos:
mientras a inicios del presente siglo,
luego de la firma de la paz, nuestras
reflexiones sobre la legitimidad de la
justicia se centraban en la necesidad
de pensar el Poder Judicial desde
el marco analítico del pluralismo
jurídico, llegados al actual grado
de cooptación de las instituciones,
estos debates habían llegado a
reducirse, apenas, a la aspiración
de una judicatura independiente
‒aun cuando fuera monista‒.
1. Pluralismo jurídico y
jurisdicción(es) indígena(s)
Las reflexiones sobre pluralismo
jurídico en este artículo se refieren
al debate sobre el reconocimiento
constitucional de jurisdicciones
indígenas en Guatemala, aunque
la noción no se agota en ello, pues
el pluralismo representa un marco
analítico más amplio que se vincula
a una forma (plural) de pensar y
entender no solo la justicia, sino
también la configuración del Estado.
Las reflexiones sobre pluralismo
jurídico conllevan una crítica central
a la insuficiencia e incompletitud
material, epistémica, del derecho
oficial, así como la constatación y
validación de canales «no oficiales»