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Revista Espacios Políticos
la marihuana, prohibida en 1937,
e incidió en la promulgación de la
Marihuana Tax Act, un instrumento
xenofóbico contra los migrantes
latinoamericanos. (Guilllén, 2010;
Hari, 2015). Efectivamente, en un
principio, el combate a la marihuana
se argumentó débilmente por
supuestas consecuencias de locura y
tendencias homicidas en quienes la
consumían, pero lo más importante
fue que, posteriormente, sirvió
como incentivo de sentimientos
nacionalistas contra los migrantes
mexicanos, a la vez que se convirtió
en una bandera que facilitó el acceso a
una mayor cantidad de consumidores
estadounidenses, mientras que se
reducía considerablemente el grupo
de consumidores de opio y heroína,
(Hari, 2015).
1.4. Estados Unidos hegemoniza
el prohibicionismo
El rol de Aslinger en el contexto
multilateral contra las drogas fue
determinante, especialmente desde
la Segunda Guerra Mundial cuando
“las oficinas centrales de los órganos
antidrogas de la Sociedad de Naciones
fueron reubicadas en EE.UU para
ponerlas a salvo de la guerra en
Europa”. (González, 2014, p. 49). Los
resultados de la guerra favorecieron
las intenciones de imponer su política
antidroga al contexto internacional.
Alemania vencida, pero también Gran
Bretaña y Holanda, acordaron poner
fin a sus monopolios del opio en sus
colonias, al igual que Turquía, principal
productor. Esta dinámica se concretó
en el Protocolo del Opio de 1952, pero
especialmente en la Convención Única
sobre Drogas Narcóticas de 1961.
“Este texto reemplazó a los anteriores,
endureció las normas y extendió
los sistemas de control no sólo a los
derivados sino a las propias plantas
de opio, coca y cannabis” (González,
2014, p. 49).
En 1971 se estableció la
Convención sobre Sustancias
Psicotrópicas y en 1988 la Convención
para regular el comercio internacional
de precursores químicos.
Las tres convenciones, […] son
[actualmente] la arquitectura
del sistema global que regula
producción, tráfico y consumo de
drogas. Sus elementos básicos son:
poner fin al cultivo de coca, opio y
cannabis para usos tradicionales,
incluso en los países o regiones
donde su uso es ancestral;
limitar el cultivo a las cantidades
estrictamente necesarias para
satisfacer necesidades médicas;
y evitar el desvío de sustancias
psicoactivas farmacéuticas hacia
usos ilícitos (no médicos). Más del
95% de los estados miembros de
la ONU son actualmente parte de
las tres convenciones, (González,
2014, pp. 50-51).