al salario que paga tiene derecho a los frutos del trabajo (sería una
contraprestación con la estructura Do ut facias o Facio ut des
28
, según
la perspectiva).
VI. Elementos personales del contrato
individual de trabajo
Los conceptos ius-laborales de trabajador, patrono e intermediario
están contenidos dentro del Código de Trabajo. En tal sentido:
A. Trabajador
Es toda persona individual que presta a un patrono sus servicios materiales,
intelectuales o de ambos géneros, en virtud de un contrato o relación de trabajo
29
.
B. Patrono
30
Es toda persona individual o jurídica que utiliza los servicios de uno o más
trabajadores, en virtud de un contrato o relación de trabajo
31
.
Sostiene Forero Rodríguez que:
[…] la fi gura del empleador asume actualmente las más diversas vertientes,
que van desde la simplicidad de la relación bilateral entre una persona
natural frente a otra, hasta fi guras de alta complejidad y de carácter triangular
28
Atendiendo a la clasifi cación clásica de la prestación en las obligaciones como Do ut des
(Doy para que des), Do ut Facias (Doy para que hagas) Facio ut des (Hago para que des),
Facio ut Facias (Hago para que hagas).
29
Congreso de la República de Guatemala, Decreto 1441, Código de Trabajo, art. 3.
30 El Dr. Wilfredo Sanguineti expresa que mientras las normas legales, decisiones de
los tribunales y los estudiosos suelen dedicar un gran esfuerzo a la delimitación
de los caracteres que adornan el concepto de trabajador, poca relación se presta al
concepto de patrono, cuestión que responde a un mero propósito garantista. Comenta
que esta noción contradice la evidencia aportada por la historia económica, toda
vez que de acuerdo con ella el refl ejo debería operar en sentido inverso, ya que la
empresa capitalista y los procesos de acumulación a ella asociados, han inventado
al trabajador. La realidad organizativa de la empresa no encuentra acomodo de esta
forma, en la dogmática del contrato de trabajo, porque del empleador solamente
interesa “la subjetividad”. Esto implica la coincidencia entre empleador y empresa,
que sin embargo hoy se desdibuja por el nuevo modelo de empresa-red que integra
conglomerados de empresas. Consultado en: Sanguineti Raymond, Wilfredo, “Las
transformaciones del empleador y el futuro del derecho del trabajo”, en Relaciones
Laborales: Revista crítica de teoría y práctica, España, núm. 1, 2009, pp. 389-416.
31
Congreso de la República de Guatemala, op. cit., nota 29, art. 4.
CHRISTIAN GILBERTO GONZÁLEZ CHACÓN
17