fue una herramienta para la expansión colonial de las potencias
europeas en América, África y Asia.
España y Portugal, después decadentes, así como Francia, Gran
Bretaña y, a partir del siglo XVIII, Austria, Rusia y Prusia, fueron
las potencias hegemónicas internacionales durante el ius publicum
europaeum que se sirvieron de esta normativa para acrecentar su
poder político, económico y militar.
El transcurso de la historia durante el final del siglo XVIII y el
XIX invariablemente alteró la formación del Derecho Internacional
Público: la Revolución Francesa (originada a partir de 1789), la
independencia de los Estados Unidos de América (alcanzada en
1776) y los procesos de emancipación en Latinoamérica, generaron
cambios en el concierto internacional.
Así, los Estados empezaron a alcanzar acuerdos plasmados en
instrumentos consensuados entre sí: “En el siglo XIX se dio gran
impulso a la práctica de los tratados internacionales, con las Convenciones en
los campos técnicos y humanitarios, así como en la cooperación con Acuerdos
Bilaterales […] Las preocupaciones por una paz duradera llevaron a las dos
grandes Conferencias de Paz de La Haya (1899 y 1907)”.
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En virtud de esto último, es en este período que comienzan
a gestarse las primeras normas que con el tiempo darán lugar a la
formación del Derecho Internacional Humanitario.
A su vez, es también en la segunda mitad del siglo XIX que
se constituyen los primeros organismos internacionales en los
términos como los conocemos actualmente, aspecto al que se
hace referencia de forma puntual en el apartado específico de este
mismo documento.
Será en este contexto que se desarrollará la Primera Guerra
Mundial (1914-1918), producto de las tensiones acumuladas entre las
potencias europeas tras las guerras austro-prusiana (1866) y franco-
prusiana (1870-71). Será la “Gran Guerra”, un conflicto como nunca
6
Herdegen, Mathias, op. cit., nota 3, p. 20.
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: NOCIONES GENERALES, SUS FUENTES Y UN ESTUDIO ESPECIAL…
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