Ante esta falta de normas específicas de carácter general, los 

Estados deben esforzarse en la celebración de tratados bilaterales 
específicos para cada curso de agua internacional, en cuyos textos 
deben tomar en cuenta las características especiales de los mismos y 
de los países ribereños. Especial atención debe ponerse en asegurar 
que la conservación de los recursos se garantizará con la aportación 
de los Estados parte en forma equitativa. 

Es digna de ser analizada y replicada, en lo que se considere 

pertinente, la experiencia de España y Portugal: 

[…] cuentan con una extensa tradición de cooperación bilateral en las 
cinco cuencas transfronterizas que comparten (Miño, Limia, Duero, 
Tagus y Guadiana). Un tratado firmado en 1864 estableció las fronteras 
internacionales de los ríos, e hizo hincapié en la importancia de emplear 
recursos hídricos transfronterizos para beneficio de ambos países. El 
acuerdo inicial fue seguido por otros tratados y acuerdos bilaterales, 
como los firmados en 1866, 1906 y 1912.

El Convenio de Albufeira, firmado en 1998 en concordancia con los 
principios de la Directiva Marco del Agua, busca equilibrar la protección 
ambiental con el desarrollo sostenible de los recursos hídricos en ambos 
países. España y Portugal habrán de coordinar sus respectivos esfuerzos 
de gestionar el agua en las cuencas compartidas. El Convenio de Albufeira 
creó dos órganos iguales: la Conferencia de las Partes y la Comisión para 
la Aplicación y Desarrollo del Convenio (Commission on the Application 
and Development of the Convention
, CADC), responsable de la toma de 
decisiones. Asimismo, un Secretariado Técnico de la Comisión, órgano 
permanentemente activo, estará destinado a garantizar que la CADC sea 
eficaz, y a coordinar el desarrollo de planes integrados en las cuencas 
hidrográficas en el próximo ciclo de planificación hidrológica.

17

 

En el caso especial de Guatemala, por considerarse el agua, 

los ríos y cuencas como bienes públicos y por tratarse de un 
Estado en que se ubican las cuencas altas de varios cursos de agua 
internacionales, la celebración de los tratados bilaterales con los 
países vecinos debe tener en cuenta esa realidad geográfica y social 
para que no se afecten las necesidades de su población, economía 

17 Global Water Partnership (GWP) y Red Internacional de Organismos de Cuenca 

(International Network of Basin Organizations, INBO), Manual para la gestión integrada 
de recursos hídricos en cuencas
, Empresa Gráfica Mosca, 2009, p. 28.

Cursos de agua internaCionales: regulaCión jurídiCa en guatemala 

16