y del artículo 106 de la Carta de la Organización de los Estados
Americanos –en adelante OEA–, tiene como función principal
promover la observancia y la defensa de los derechos humanos,
así como servir de órgano consultivo. También es competente
para recibir e investigar denuncias de violaciones a los derechos
humanos presentadas por cualquier persona, grupo de personas o
entidad no gubernamental.
b) Corte Interamericana de Derechos Humanos –en adelante Corte
IDH–, con base en lo dispuesto en la CADH, tiene competencia
para examinar denuncias de violaciones a los derechos humanos
cometidas por los Estados partes de esta, analizadas previamente
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Esta
competencia de la Corte IDH es facultativa, ya que se aplica
únicamente a los Estados partes de la CADH que reconozcan
expresamente esta competencia. Cabe señalar que las sentencias
de la Corte IDH “tienen obligatoriedad para los Estados que han
aceptado su competencia contenciosa”; por consiguiente, deben
ser ejecutadas ante los tribunales nacionales,
27
conforme a lo
dispuesto en el artículo 68 de la propia CADH. Asimismo, la Corte
IDH es competente para adoptar opiniones consultivas sobre la
interpretación de la CADH y de otros tratados concernientes a la
protección de los derechos humanos en los Estados americanos,
así como acerca de la compatibilidad entre cualquiera de las leyes
internas de un Estado miembro de la OEA y dichos instrumentos
internacionales.
Siguiendo con las fuentes del DIDH, en lo que respecta a la
costumbre internacional, es preciso señalar que las obligaciones
jurídicas que se derivan de esta y que son vinculantes para los
Estados, se crean si concurren dos elementos: a) actos que
constituyen una práctica generalizada de los Estados (elemento
objetivo); y, b) reconocimiento legal de esa práctica, también
conocido como opinio juris (elemento subjetivo).
28
27 O’Donnel,
Daniel,
Protección internacional de los derechos humanos, 2ª. ed., Lima, Comisión
Andina de Juristas, Fundación Friedrich Naumann, 1989, p. 29.
28
Herdegen, Matthias, op. cit., nota 13, p. 145.
KARIN PAOLA WAGNER MOTA
11