En tal caso quedaría sujeto a la completa discrecionalidad del 
Estado requerido.

31

Este principio aplica incluso a falta de tratado específi co, en la 

espera que el Estado requerido coopere con el requirente como 
una expresión de la cortesía internacional (comitas gentium), como 
parte de las costumbres internacionales, que señalan la importancia 
de la cooperación en casos determinados para que, en su momento, 
sea correspondido en la misma situación.

La reciprocidad debe ser algo que el Estado de Guatemala 

debe siempre poner de manifi esto, dado que es un país que –por 
diferentes factores– va a necesitar cooperación de muy diversa 
índole, lo que supone que a la hora de ser requerida su asistencia, 
pueda corresponder, incluso cuando haya ausencia de tratado, por 
la voluntad de cooperar con quienes ayudan.

E. Lex fori

Principio que informa que se debe dar la aplicación de la ley del 

tribunal en el asunto sometido a su jurisdicción; tiene la misma 
signifi cación tanto en el orden nacional como en el internacional.

32

 

Este principio determina que los actos requeridos por medio de las 
cartas rogatorias se diligencien en el Estado requerido conforme su 
ley adjetiva porque es la que rige en el lugar de ejecución del acto. 
Esto también debe analizarse como una expresión de soberanía, 
porque el Estado requerido aplica su ley para ejecutar y no permite 
que otro sistema entre a regirlo.

F. Ofi ciosidad

No obstante que es el interés de las partes lo que determina 

el avance del proceso, cuando ya se ha accedido la promoción de 
la ejecución de la sentencia fuera del país en que se produjo, la 
transmisión de cartas rogatorias y el envío a la Autoridad Central 
del Estado requerido, su califi cación, la determinación del juez 

31 

Prado Saldarriaga, Víctor Roberto, op. cit., nota 25, p. 5.

32 Ossorio, 

Manuel, 

op. cit., nota 26, p. 568.

RICARDO PRADO AYAU

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