En tal caso quedaría sujeto a la completa discrecionalidad del
Estado requerido.
31
Este principio aplica incluso a falta de tratado específi co, en la
espera que el Estado requerido coopere con el requirente como
una expresión de la cortesía internacional (comitas gentium), como
parte de las costumbres internacionales, que señalan la importancia
de la cooperación en casos determinados para que, en su momento,
sea correspondido en la misma situación.
La reciprocidad debe ser algo que el Estado de Guatemala
debe siempre poner de manifi esto, dado que es un país que –por
diferentes factores– va a necesitar cooperación de muy diversa
índole, lo que supone que a la hora de ser requerida su asistencia,
pueda corresponder, incluso cuando haya ausencia de tratado, por
la voluntad de cooperar con quienes ayudan.
E. Lex fori
Principio que informa que se debe dar la aplicación de la ley del
tribunal en el asunto sometido a su jurisdicción; tiene la misma
signifi cación tanto en el orden nacional como en el internacional.
32
Este principio determina que los actos requeridos por medio de las
cartas rogatorias se diligencien en el Estado requerido conforme su
ley adjetiva porque es la que rige en el lugar de ejecución del acto.
Esto también debe analizarse como una expresión de soberanía,
porque el Estado requerido aplica su ley para ejecutar y no permite
que otro sistema entre a regirlo.
F. Ofi ciosidad
No obstante que es el interés de las partes lo que determina
el avance del proceso, cuando ya se ha accedido la promoción de
la ejecución de la sentencia fuera del país en que se produjo, la
transmisión de cartas rogatorias y el envío a la Autoridad Central
del Estado requerido, su califi cación, la determinación del juez
31
Prado Saldarriaga, Víctor Roberto, op. cit., nota 25, p. 5.
32 Ossorio,
Manuel,
op. cit., nota 26, p. 568.
RICARDO PRADO AYAU
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