• Ejecutiva: relativa a la actividad judicial tendiente a la ejecución
del fallo, con o sin la voluntad del obligado, adoptándose las
medidas que fuesen necesarias.
• Declarativa: relativa a la infl uencia del fallo en ulteriores
actividades declarativas de carácter jurisdiccional, es decir, a
la imposibilidad de que otro órgano jurisdiccional dicte una
sentencia sobre el asunto.
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E. Clases de sentencias
Para el efecto, se utiliza la clasifi cación de Eduardo Couture,
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por su amplia aceptación en los medios forenses hispanoamericanos.
1. Por su contenido
• Declarativas: tienen por objeto la declaración de la existencia o
inexistencia de un derecho o de un estado jurídico preexistente,
sin ir más allá de dicho reconocimiento.
• Constitutivas: En ellas, se crea, modifi ca o extingue un estado
jurídico, que no preexistía, sino que es totalmente nuevo a
partir de la sentencia, ya sea que cese el existente, lo modifi que
o lo substituya por otro.
• Condenatorias: son todas aquellas que imponen el cumplimiento
de una prestación, ya sea de dar, hacer, no hacer o no dar.
2. Por la materia
Es la clasifi cación más conocida porque se refi ere a la
rama del derecho correspondiente a cada proceso, por lo que
pueden clasifi carse en: civiles, penales, laborales, contencioso-
administrativas, de familia, tributarias, constitucionales, etcétera.
11 Ayala Corao, Carlos, La ejecución de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, Chile, Centro de Estudios Constitucionales, 2007, p. 130.
12 Couture,
Eduardo,
op. cit., nota 8, pp. 314 y ss.
RICARDO PRADO AYAU
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