Aguirre Godoy señala que el requisito de fondo fundamental “es el
relativo a que la sentencia sea congruente con la demanda”.
5
Con base en las peticiones de las partes, el juez debe resolver
conforme petita; es decir, otorgar lo que se pidió, ni más ni menos.
Esto se denomina “principio de congruencia”, consagrado en
la resolución de confl ictos privados para soportar el principio
dispositivo y en los de carácter público para velar por la juridicidad.
2. Requisitos de forma
Manuel De la Plaza
6
indica que son las formalidades que se
deben cumplir en la redacción del documento, ya que “la redacción
de las sentencias es un buen elemento de contraste para apreciar la
pericia del juez”.
7
Consideramos que esto se ha afi rmado porque
una buena redacción determina que el juez ha seguido un adecuado
proceso lógico y sabe expresarlo en el documento. Además, el buen
léxico y sintaxis son indicios claros del acervo cultural del juzgador.
Además, Couture
8
añade que el principio de inmutabilidad de
la sentencia exige “una redacción que asegure con la mayor efi cacia
posible su claro entendimiento”. Esto nuevamente es un llamado
a que la intelección de la sentencia va a depender de la calidad de
la redacción del juez y de su proceso racional. Para estructurar
una sentencia, según el citado jurisconsulto, lo mejor es partir
de la demanda, que es el proyecto de sentencia que el actor desea
obtener, en cierto modo. Dicho autor reconoce en la estructura de
toda sentencia cuatro puntos fundamentales:
a. Parte
expositiva
• Preámbulo o encabezado: generalmente, se coloca el nombre
del tribunal, número del proceso, el lugar y la fecha, la
5
Aguirre Godoy, Mario, op. cit., nota 1, p. 265.
6
Plaza, Manuel De la, Derecho procesal civil español, España, Editorial de la Revista de
Derecho Privado, 1980, p. 595.
7
Ibidem, p. 596.
8 Couture,
Eduardo,
Fundamentos del derecho procesal civil, Argentina, Depalma, 1992,
p. 379 y ss.
RICARDO PRADO AYAU
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