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MGTR. ERICK MAURICIO MALDONADO RÍOS
d)
Artículo 235.- Facultades del Contralor General de Cuentas y
nombramiento y remoción del personal.
e)
Artículo 236.- Recursos administrativos y judiciales contra los
actos y las resoluciones de la Contraloría General de Cuentas.
A su vez, en términos generales, la Ley Orgánica de la Contra-
loría General de Cuentas (Decreto 31-2002) defi ne naturaleza jurídica
de la institución, sus funciones, estructura orgánica, régimen san-
cionatorio, procedimiento para la imposición de sanciones, cobro y
destino de multas impuestas, así como los recursos legales.
VII. OTRA LEGISLACIÓN VINCULADA EN LA
REPÚBLICA DE GUATEMALA AL RÉGIMEN DE
AUTORÍA GUBERNAMENTAL
–
Ley del Tribunal de Cuentas (Decreto Legislativo 1126).
–
Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y Emplea-
dos Públicos (Decreto 8-97), que incluye:
o
La obligación de presentar a la CGC declaración de todos
sus bienes y deudas, a los funcionarios y empleados de los
organismos del Estado, municipalidades, descentralizadas
o de otra naturaleza (artículo 1).
o
Ampliación de las declaraciones si adquieren bienes in-
muebles u otros bienes cuyo precio sea mayor de cincuenta
mil quetzales (Q.50,000.00) o deudas mayores a ese monto
(artículo 4).
o
El incumplimiento a esas obligaciones da lugar a una multa
equivalente al salario acumulado durante el tiempo que
dure dicho incumplimiento (artículo 7).
o
Prohibiciones a funcionarios y empleados públicos y
parientes para ser contratistas o proveedores del Estado,
municipio, instituciones autónomas o descentralizadas
(artículo 8) y prohibición de desempeñar cargo si, habiendo
administrado fondos públicos no tengan constancia de
solvencia o fi niquito; los inhabilitados por auto de prisión,