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MGTR. ERICK MAURICIO MALDONADO RÍOS

d) 

Artículo 235.- Facultades del Contralor General de Cuentas y 
nombramiento y remoción del personal.

e) 

Artículo 236.- Recursos administrativos y judiciales contra los 
actos y las resoluciones de la Contraloría General de Cuentas.

A su vez, en términos generales, la Ley Orgánica de la Contra-

loría General de Cuentas (Decreto 31-2002) defi ne naturaleza jurídica 
de la institución, sus funciones, estructura orgánica, régimen san-
cionatorio, procedimiento para la imposición de sanciones, cobro y 
destino de multas impuestas, así como los recursos legales.

VII. OTRA LEGISLACIÓN VINCULADA EN LA 

REPÚBLICA DE GUATEMALA AL RÉGIMEN DE 
AUTORÍA GUBERNAMENTAL 

– 

Ley del Tribunal de Cuentas (Decreto Legislativo 1126).

– 

Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y Emplea-
dos Públicos (Decreto 8-97), que incluye: 

La obligación de presentar a la CGC declaración de todos 
sus bienes y deudas, a los funcionarios y empleados de los 
organismos del Estado, municipalidades, descentralizadas 
o de otra naturaleza (artículo 1).

Ampliación de las declaraciones si adquieren bienes in-
muebles u otros bienes cuyo precio sea mayor de cincuenta 
mil quetzales (Q.50,000.00) o deudas mayores a ese monto 
(artículo 4). 

El incumplimiento a esas obligaciones da lugar a una multa 
equivalente al salario acumulado durante el tiempo que 
dure dicho incumplimiento (artículo 7). 

Prohibiciones a funcionarios y empleados públicos y 
parientes para ser contratistas o proveedores del Estado, 
municipio, instituciones autónomas o descentralizadas 
(artículo 8) y prohibición de desempeñar cargo si, habiendo 
administrado fondos públicos no tengan constancia de 
solvencia o fi niquito; los inhabilitados por auto de prisión,