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EL TRABAJO DECENTE Y LOS ODM
esfuerzo y de manera compatible con su dignidad. Por tanto, el derecho a un
trabajo decente lleva consigo la responsabilidad de promover la capacidad y
aumentar las oportunidades de las personas a fi n de que puedan encontrar
trabajo productivo y ganarse la vida decentemente.
16
Virgilio Levaggi manifi esta que:
Trabajo decente es un concepto que busca expresar lo que debería ser, en el
mundo globalizado, un buen trabajo o un empleo digno. El trabajo que digni-
fi ca y permite el desarrollo de las propias capacidades no es cualquier trabajo;
no es decente el trabajo que se realiza sin respeto a los principios y derechos
laborales fundamentales, ni el que no permite un ingreso justo y proporcional
al esfuerzo realizado, sin discriminación de género o de cualquier otro tipo,
ni el que se lleva a cabo sin protección social, ni aquel que excluye el diálogo
social y el tripartismo.
17
Óscar Ermida Uriarte señala que una primera aproximación
al signifi cado de la expresión trabajo decente puede ser la puramente
gramatical, no siempre adecuada a conceptos técnicos. Sin embargo,
en este caso, el signifi cado literal de la voz trabajo decente es, por lo
menos en español, particularmente apropiado, pues la sexta acepción
del adjetivo decente es: “de buena calidad o en cantidad sufi ciente”. Por
lo que se puede partir de la constatación de que aun en el lenguaje
común, un trabajo decente es, por lo menos, aquel sufi ciente en calidad
y cantidad.
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La primera utilización expresa y formal de la expresión trabajo
decente en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en las
ciencias del trabajo, se daría en la Memoria del director general a la Con-
ferencia Internacional del Trabajo de 1999,
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que lleva ese título. Allí
aparece una primera defi nición: “trabajo productivo en condiciones de
libertad, equidad, seguridad y dignidad, en el cual los derechos son protegidos
y que cuenta con una remuneración adecuada y protección social”. O sea
que, en esta primera –y tal vez preliminar– formulación, el trabajo
16 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos (OACNUDH), Principios y directrices para la integración de los Derechos
Humanos en las estrategias de reducción de la pobreza, Ginebra, OACNUDH, p. 46.
17 Levaggi, Virgilio, “¿Qué es el trabajo decente?” Peripecias, núm. 46, Argentina,
Ofi cina de la OIT para la Argentina, 2007.
18 Ermida Uriarte, Óscar, “Trabajo decente y formación profesional”, Boletín Técnico
Interamericano de Formación Profesional, núm. 151, Uruguay, OIT/Cinterfor, 2001,
pp. 9-26, http://www.oitcinterfor.org/pt-br/node/3465. iarte
19 Somavía,
Juan,
Trabajo decente: Memoria del director general, Ginebra, OIT, 1999.