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M.A. RICARDO PRADO AYAU
II. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA
REPÚBLICA DE GUATEMALA
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El artículo 239 de la Constitución Política de la República de
Guatemala establece el principio de legalidad en materia tributaria,
expresando claramente que:
“Corresponde con exclusividad al Congreso de la República, decretar
impuestos ordinarios y extraordinarios, arbitrios y contribuciones
especiales, conforme a las necesidades del Estado y de acuerdo a la
equidad y justicia tributaria, así como determinar las bases de re-
caudación, especialmente las siguientes: a) el hecho generador de la
relación tributaria; b) las exenciones; c) el sujeto pasivo del tributo y
la responsabilidad solidaria; d) la base imponible y el tipo impositivo;
e) las deducciones, los descuentos, reducciones y recargos; y f) las
infracciones y sanciones tributarias.
Son
nulas
ipso jure las disposiciones jerárquicamente inferiores a la
ley, que contradigan o tergiversen las normas legales reguladoras de
las bases de recaudación del tributo. Las disposiciones reglamentarias
no podrán modifi car dichas bases y se concretarán a normar lo relativo
al cobro administrativo del tributo y establecer los procedimientos que
faciliten su recaudación”.
La base del sistema tributario se sustenta en la creación de tri-
butos que respondan a las necesidades fi nancieras del Estado y que
se estructuren clara y técnicamente.
Por su parte, el artículo 243 de la ley fundamental regula que:
“El sistema tributario debe ser justo y equitativo. Para el efecto, las
leyes tributarias serán estructuradas conforme el principio de capacidad
de pago. Se prohiben los tributos confi scatorios y la doble o múltiple
tributación interna. Hay doble o múltiple tributación, cuando un
mismo hecho generador atribuible al mismo sujeto pasivo, es gravado
dos o más veces, por uno o más sujetos con poder tributario y por el
mismo evento o período de imposición. Los casos de doble o múltiple
tributación, deberán eliminarse progresivamente, para no dañar
al fi sco”.
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Asamblea Nacional Constituyente. Constitución Política de la República de Guate-
mala, Guatemala 1985.