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M.A. PATRICIA JIMÉNEZ CRESPO

benefi cian de los servicios públicos y de las múltiples condiciones 
de una vida apacible en común.

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 Y en virtud del principio de soli-

daridad y de subsidiariedad, no solo por caridad, sino también por 
justicia, todo individuo debe cooperar con sus semejantes –libres de 
individualismos– en la consecución del bien común según su propia 
capacidad y la necesidad ajena, todo ello con el fi n de mejorar las 
condiciones para una vida más digna,

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 o en términos de Naciones 

Unidas, alcanzando los niveles óptimos de desarrollo.

Ahora bien, una realidad evidente es que el contribuyente no 

paga con gusto los impuestos, por lo que el Estado, haciendo uso 
de su poder coercitivo, debe regular en la ley dicha obligación y así 
mismo las sanciones en caso de incumplimiento, en tal sentido y 
aplicando el principio de “dura lex, sed lex” la obligación de pagar 
impuestos se convierte en un imperativo legal, que garantiza al 
Estado el cumplimiento de este tipo de normativa y, en su caso, la 
exigibilidad del mismo.

No obstante lo anterior, es innegable el derecho del Estado 

de cobrar dichos emolumentos y como contrapartida la obligación 
ético-jurídica del buen ciudadano en hacer efectivos los mismos, con 
el fi n de contribuir monetariamente al mantenimiento del aparato 
estatal, como parte de su aporte para los proyectos de bien común, 
lo que obliga al ciudadano en conciencia a su sostenibilidad y en 
consecuencia la evasión fi scal o no contribución, sea en forma parcial 
o total, constituye una actuación legal y moralmente reprobada,

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 y 

aunque en algunos casos el temor del contribuyente a ser sancionado 
por el Estado constituye un disuasivo del mismo a cumplir con las 
cargas fi scales, dependiendo del mayor o menor grado de control y 
de la gravedad de las sanciones, algunos se resisten a su pago.

53

 Al 

respecto, existen severas críticas en torno a los contribuyentes latinoa-

50 Cfr. Juan Pablo II. Citado por Melé. Op.cit. p. 12.
51 Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe. Instrucción. Libertatis Conscientia. 

Sobre Libertad Cristiana y Liberación. n. 73. Consultado el 09/09/2011. Dis-
ponible en: http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/
rc_con_cfaith_doc_19860322_freedom-liberation_sp.html 

52 Cfr. 

Gómez. 

Op.cit. p. 210. 

53 Estévez, Alejandro y Susana Esper. La ciudadanía fi scal y los contratos fundacio-

nales en las sociedades latinoamericanas. Revista del Instituto de la Administra-
ción Federal de Ingresos Públicos No. 72. Consultado el 25/08/2011. Disponible 
en: http://www.afi p.gov.ar/instituto/publicaciones/revista/IR03/IR03%20-%2008%20
Pagina%20072.pdf