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M.A. MARIA LIZ MOLINA BARRIOS

no, el cual contiene constituciones dictadas en los años 196 a 295; 
posteriormente, el Código Hermogeniano, que compila constituciones 
del 291 a 324. En el año 426 se publica la Ley de Citas, la cual consiste 
en una Constitución de Teodosio II y Valentiniano III, publicada en 
426, que confi rma la autoridad de los escritos de Papiniano, Paulo, 
Ulpiano y Modestino y de Gayo, como vigentes y susceptibles de ser 
adjudicadas en juicio.

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En el año 438 se hace la publicación de carácter ofi cial del Códi-

go Teodosiano, el cual compila las constituciones imperiales emitidas 
desde la época de Constantino hasta ese momento, y las Novelas Post 
Teodosianas

III. DIVISIÓN DEL IMPERIO ROMANO

En el año 395, el emperador Teodosio I divide el Imperio Ro-

mano entre sus dos hijos: Honorio, a quien adjudica el Imperio de 
Occidente, y a Arcadio, el Imperio de Oriente. El Imperio Romano 
de Oriente tuvo su capital en Constantinopla y el Imperio Romano 
Occidental tuvo su capital en la ciudad de Rávena, al norte de Italia.

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El Imperio Romano de Oriente fue el que tuvo la más prolon-

gada existencia, hasta su caída en el año 1453, cuando los turcos 
tomaron la ciudad de Constantinopla. En el año 535, con Justiniano, 
tuvo algunos años de prosperidad, cuando este príncipe reconquista 
Italia y África y reúne por última vez bajo su dominación la mayor 
parte de las antiguas posesiones romanas, pero pronto Italia vuelve 
a caer en poder de los bárbaros y después de la muerte de Justiniano 
el Imperio Romano de Oriente no es más que un imperio griego.

11

El Imperio Romano de Occidente tuvo una duración más breve, 

hasta el año 476, cuando el emperador Rómulo Augústulo se rinde 
ante el avance incontenible de las invasiones germánicas y es des-
tronado por Odacro.

12

 Durante todo el período del imperio absoluto, 

que para el Imperio Romano de Occidente comprende desde el inicio 
del reinado de Diocleciano, en el año 284, hasta la caída de la ciudad 

Ibidem, p. 56.

10 Losano, 

Mario, 

Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos, trad. de Alfonso 

Ruiz Miguel, Madrid, Unigraf, 1993, p. 58.

11 Petit, 

Eugene, 

op. cit., nota 3, p. 55.

12 Morineau Idearte, Marta e Iglesias González, Román, op. cit., nota 2, p. 19.