222
NORMATIVA GUATEMALTECA APLICADA AL DERECHO DEL CONSUMIDOR
de protección de los derechos del consumidor para todos los Estados
parte. Por lo tanto, Guatemala adquirió y cumplió el compromiso
promulgando la ley y su respectivo reglamento.
A pesar del avance ocurrido hasta el momento, no fue sino
hasta 1986, cuando se realizó un esfuerzo formal contemplado en la
Constitución Política de la República de Guatemala, la cual establece
las obligaciones del Estado.
35
La Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor, DIACO, es
la institución gubernamental guatemalteca, con competencia en todo
el territorio nacional, responsable de aplicar la Ley de Protección al
Consumidor y Usuario, Decreto Número 006-2003 y su reglamento, el
respeto, cumplimiento y defensa de los derechos de los consumidores
y usuarios, así como de las obligaciones de los proveedores.
De acuerdo con el artículo 53 de dicha ley, la DIACO se consti-
tuye en una dependencia del Ministerio de Economía, gozando de
independencia funcional y técnica, sin perjuicio de las obligaciones
que competen a los tribunales de justicia.
36
Actualmente nuestra legislación es incipiente en lo que respecta
a la defensa del consumidor, otros países ya trabajan en la mejora de
los derechos de sus consumidores y usuarios en forma más avanzada.
III. CONVENIOS INTERNACIONALES RELATIVOS AL
DERECHO DEL CONSUMIDOR
En otro contexto, las Naciones Unidas, en resolución 35-63 del
5 de diciembre de 1980, aprobada por la Asamblea General, crea un
conjunto de principios y normas equitativas convenidas multilate-
ralmente para el control de prácticas comerciales restrictivas. Por lo
tanto, implica que los gobiernos deben adoptar o mantener políticas
que especifi quen la responsabilidad de los productores para asegurar
la durabilidad, utilidad y fi abilidad de los bienes y servicios, que
promuevan la competencia leal y efectiva para brindar al consumidor
la libertad de elección, que garanticen la protección contra abusos
35
Artículo 119 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
36
Ley de protección al Consumidor y Usuario, Decreto 006-2003.