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DISCRIMINACIONES DE GÉNERO EN LA CONSTITUCIÓN Y EN EL CÓDIGO CIVIL…
b)
A las mujeres
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;
c)
A los mayores de sesenta y cinco años;
d)
A los reos de delitos políticos y comunes conexos con los
políticos; y
e)
A reos cuya extradición haya sido concedida bajo esta condición.
[…].
Así pues, pese a señalar en el artículo 4 CPRG la igualdad de
hombre y mujer en Guatemala, establece catorce artículos después
una discriminación en favor de la mujer, a la que no se puede aplicar
la pena de muerte. Sin entrar a valorar o cuestionar la pena de muerte
–a la que se es contrario en cualquier caso–, por no ser materia del
trabajo, se trae aquí esta discriminación a efectos didácticos, ya que
esta pena no se está aplicando en el país.
Las excepciones a la aplicación de la pena de muerte que con-
tiene el artículo 18 CPRG (entre ellas la de las mujeres) ya aparecían
contempladas, en iguales términos, en el artículo 54 de la Constitución
de la República del 15 de septiembre de 1965, y al menos por lo que
se refi ere a las mujeres y a los mayores de 65 años, parece obedecer a
motivos humanitarios, igual que para la excepción de los menores,
que existía en el artículo 54 de la Constitución de 1965, pero que ha
desaparecido del vigente artículo 18, toda vez que el artículo 20 CPRG
considera a los menores de edad inimputables, por lo que no podrán
ser, en ningún caso, condenados a muerte.
Esta es la única discriminación por razón de género que se ha
encontrado en la CPRG. Sin embargo son muchísimos los supuestos
que entran dentro del otro ámbito de análisis, es decir, de la utilización
del género masculino como neutro universal, lo que, como se decía
anteriormente, invisibiliza a la mujer. Los casos que se han podido
localizar y que se encuadran en esta segunda categoría, son:
a)
“Derechos del detenido” a ser informado y a que se le nombre
“un defensor” (artículo 8 CPRG).
b)
Al tratar del sistema penitenciario, se habla de “los reclusos”,
que “no deben ser discriminados” (artículo 19 CPRG).
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Las cursivas son propias y se han puesto en el texto a efectos de resaltar la dis-
criminación existente.