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LA LEGÍTIMA DEFENSA COMO UN ARGUMENTO DE DEFENSA PENAL DE LA MUJER…
que se le aportaron, con su propia experiencia y la sana crítica razo-
nada, realizar el proceso mental de pensar y ubicarse para llegar a
una conclusión lo más apegada a la verdad histórica. Y para esto es
necesario que se esfuerce en entender de la mejor forma lo acaecido
y no explorar qué otras opciones pudo haber seguido la mujer que
estaba siendo agredida. Es muy cómodo aventurar otra salida pero
para quien vive esa realidad no es tan fácil. Sobre esto el tratadista
Muñoz Conde señala: “Los márgenes admisibles en la apreciación
de esta circunstancia deben establecerse con los módulos objetivos
ya señalados (riesgo permitido, adecuación social, etc.), situándose
el juzgador ex ante en las circunstancias en las que el sujeto activo
actuó”.
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Y el tercer factor, que es un pilar clave para los dos anteriores, es
que los magistrados hicieron uso de la perspectiva de género, ubicán-
dose en el contexto de la mujer maltratada y al hacer esto, el juzgado
se sensibiliza y ve con otro alcance, lo que de una forma tradicional
arrojaría los clásicos fundamentos de pensamiento predominante
desde el punto de vista masculino. Una lectura “desensibilizada”
como realizó el tribunal de sentencia se tradujo en una sentencia
condenatoria a la mujer, como homicida. Mientras que el tribunal de
alzada sí valoró los malos tratos que la mujer había vivido y que la
llevaron a actuar de esa forma, conducta que no puede ser penada
ni criminalizada.
Estos aspectos hicieron que analizara esta sentencia; si bien
la mayoría de casos demuestran difi cultad en poder determinar la
“actualidad” de la agresión para que se admita la legítima defensa,
en este caso no lo era, ya que se demostró que fue una riña pero la
mujer estaba saliendo perjudicada porque, increíblemente, siendo ella
la más débil, el tribunal se detenía y puntualizaba sobre el arma que
ella utilizó, que según ellos era “desproporcionada” para la defensa.
Además que el tribunal hizo caso omiso de la perspectiva de género.
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Muñoz Conde, Francisco y García Arán, Mercedes, Derecho penal. Parte general,
4ª ed., Valencia, Tirant Lo Blanch, 2000, p. 370.