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GUSTAVO ANTONIO ORDÓÑEZ NÁJERA

 

[…] la agresión ilegítima en contexto de VIF siempre es actual (aun 
cuando el bien jurídico amenazado no sea la vida o la integridad física), 
porque de forma permanente se está lesionando la libertad y seguridad 
de la mujer y los hijos.

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De esta forma, al basar la argumentación de que la mujer actuó 

en legítima defensa, es decir, que la historia de violencia que sufría 
del agresor la legitimó a actuar así, se puede hacer que un juez va-
lore de esta manera su actuar en el hecho, que si bien es típico, no 
cumplirá con ser antijurídico y culpable, y en consecuencia la mujer 
debe ser absuelta.

Parece sencillo al desarrollarlo de esta forma, pero lógicamente, 

cada caso es distinto y al formular la tesis en un tribunal, debe hacerse 
con un soporte doctrinario y teórico muy sólido, consiguiendo que se 
admita como medio de prueba el dictamen de un experto que pueda 
describir con propiedad al juez el trauma que la mujer sufre y que la 
llevó a matar a su pareja.

A continuación se analiza la sentencia de un caso sucedido en 

Guatemala en el cual una sala de apelaciones declaró que la sindicada 
había matado a su marido en legítima defensa.

III. UNA SENTENCIA DE UN CASO EN GUATEMALA 

A. 

Antecedentes del caso

El doce de abril del año dos mil nueve, en horas de la noche, 

discutieron acaloradamente los esposos Gloria Estela Valenzuela y 
José Lino Ponce Genovez, en el departamento de Escuintla en la Re-
pública de Guatemala. El señor Ponce Genovez intentó agredir a la 
señora Valenzuela con un machete, por lo que la señora se defendió 
con un cuchillo con el cual lo hirió y le causó la muerte. La señora 
manifestó que durante el tiempo que convivió con el occiso fue víc-
tima de violencia intrafamiliar y violencia contra la mujer, lo que le 
causó alteración emocional.

Villegas Díaz, Myrna, “Homicidio de la pareja en violencia intrafamiliar. 
Mujeres homicidas y exención de responsabilidad penal”, Revista de Derecho
vol. 23, núm. 2, Valdivia, Chile, diciembre 2000, //www.scielo.cl/scielo.
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