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EDGAR ORLANDO RUANO GODOY
dadera igualdad de género y la erradicación de cualquier forma de
discriminación. Debe considerarse que la violencia contra las mujeres
y niñas cometida por sus esposos, parejas, novios, padres, hermanos
o cualquier otra persona, ya sea en el ámbito privado como público,
incide en su libertad, en su integridad y en su salud mental y física.
En el caso objeto de estudio, una persona (hombre) desconocida
por la víctima violentó gravemente su derecho a la libertad y a su
integridad física y mental, el cual es otro derecho violentado y que
se especifi cará a continuación.
iii. Derecho de la mujer a la integridad, física, psíquica o moral
El artículo 4 de la Convención de Belém do Pará establece lo
siguiente:
Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección
de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los
instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos.
Estos derechos comprenden, entre otros: […]
b. el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
El agresor cometió violación a la integridad física, psíquica y
sexual de la víctima, al haber perpetrado una violación agravada que
le ocasionó daños irreparables en los tres aspectos señalados de su
integridad; actuó con claro desprecio de la víctima.
2.
Bien jurídico tutelado
Se encuentra conformado por la libertad sexual que se pretende
proteger. La libertad sexual existe en un doble sentido: positivo y
negativo, siendo positivo en el caso de la libre determinación de una
persona para hacer uso de su cuerpo y sexualidad, mientras que el
aspecto negativo se encuentra constituido por la facultad de negarse a
ejecutar y a no tolerar actos sexuales que van en contra de su voluntad.
En los delitos en los cuales se vulnera la libertad sexual de la
mujer, los agresores utilizan la fuerza (física o emocional) para do-
minar o amedrentar a sus víctimas, con el fi n de satisfacer su deseo
o impulso sexual. En el caso específi co de la violación, la misma con-
siste en un acceso carnal obtenido mediante violencia (acceso carnal
violento), ya sea mediando fuerza física o moral con una víctima a la