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VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN GUATEMALA. ANÁLISIS DE CASO PRÁCTICO
A.
Detalle de derechos humanos y bienes jurídicos que
fueron vulnerados
En el caso concreto, de la lectura de la descripción del caso
con relación al artículo 1 de la Convención de Belém do Pará, recién
transcrito, puede determinarse una serie de violaciones cometidas
por el procesado en contra de la agraviada, las cuales se basan en ra-
zón de género y con un notorio desprecio a la fi gura de la mujer, que
efectivamente le provocaron daños, no solo en cuanto a sufrimientos
físicos y sexuales, sino que además de carácter psicológico.
1.
Derechos humanos violentados
Entre los derechos humanos violentados, pueden señalarse los
siguientes:
– libre
locomoción;
–
derecho a una vida sin violencia;
–
derecho de la mujer a la integridad física, psíquica o moral.
i. Libre
locomoción
El artículo 26 de la Constitución Política de la República de
Guatemala indica que toda persona tiene libertad de entrar, perma-
necer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio
o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En
términos sencillos, la libertad de locomoción consiste en la facultad
que tiene cualquier persona de trasladarse de un lugar a otro, consti-
tuyendo un derecho primigenio. En el caso que se analiza, se conculcó
el derecho a la libre locomoción de la víctima puesto que con lujo
de fuerza le impidió transitar libremente, coartándole el acusado a
la ofendida, su derecho a la libre locomoción, el cual constituye un
derecho fundamental contenido en el artículo 26 de la Constitución
Política, como se ha manifestado.
ii.
Derecho a una vida sin violencia
Actualmente, se reconoce con mayor intensidad que la violen-
cia que se comete contra las mujeres y las niñas constituye un gran
desafío que debe ser superado efectivamente, para lograr una ver-