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VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN GUATEMALA. ANÁLISIS DE CASO PRÁCTICO

A. 

Detalle de derechos humanos y bienes jurídicos que
fueron vulnerados

En el caso concreto, de la lectura de la descripción del caso 

con relación al artículo 1 de la Convención de Belém do Pará, recién 
transcrito, puede determinarse una serie de violaciones cometidas 
por el procesado en contra de la agraviada, las cuales se basan en ra-
zón de género y con un notorio desprecio a la fi gura de la mujer, que 
efectivamente le provocaron daños, no solo en cuanto a sufrimientos 
físicos y sexuales, sino que además de carácter psicológico. 

1. 

Derechos humanos violentados

Entre los derechos humanos violentados, pueden señalarse los 

siguientes:

– libre 

locomoción;

– 

derecho a una vida sin violencia; 

– 

derecho de la mujer a la integridad física, psíquica o moral. 

i. Libre 

locomoción

El artículo 26 de la Constitución Política de la República de 

Guatemala indica que toda persona tiene libertad de entrar, perma-
necer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio 
o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En 
términos sencillos, la libertad de locomoción consiste en la facultad 
que tiene cualquier persona de trasladarse de un lugar a otro, consti-
tuyendo un derecho primigenio. En el caso que se analiza, se conculcó 
el derecho a la libre locomoción de la víctima puesto que con lujo 
de fuerza le impidió transitar libremente, coartándole el acusado a 
la ofendida, su derecho a la libre locomoción, el cual constituye un 
derecho fundamental contenido en el artículo 26 de la Constitución 
Política, como se ha manifestado.

ii. 

Derecho a una vida sin violencia

Actualmente, se reconoce con mayor intensidad que la violen-

cia que se comete contra las mujeres y las niñas constituye un gran 
desafío que debe ser superado efectivamente, para lograr una ver-