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ACCIÓN POSITIVA: LEY CONTRA EL FEMICIDIO Y OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA…

 

Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las 
generaciones venideras del fl agelo de la guerra que dos veces durante 
nuestra vida ha infl igido a la Humanidad sufrimientos indecibles, a rea-
fi rmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y 
el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres 
y mujeres

 y de las naciones grandes y pequeñas, a crear condiciones bajo 

las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones 
emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional, 
a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un 
concepto más amplio de la libertad, y con tales fi nalidades a practicar 
la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos […].

Este reconocimiento de “la igualdad de las mujeres”, poste-

riormente también fue plasmado en la Declaración Universal de los 
Derechos Humanos aprobada por la Asamblea en 1948, mismo que 
en la parte conducente del artículo 2 establece:

 

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en 
esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, 
religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o 
social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Casi dos décadas más tarde, el “reconocimiento de la igualdad 

de derechos entre mujeres y hombres” también fue recogido en los 
Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos 
Económicos, Sociales y Culturales, mismos que entraron en vigencia 
en 1976.

A partir de ello, en el seno de las Naciones Unidas se han generado 

importantes instrumentos internacionales sobre las mujeres

1

, entre los 

Hernández, I., y Rodríguez, A., en su obra Igualdad, desarrollo y pazluces y som-
bras de la acción internacional por los derechos de las mujeres
, Bilbao, Hegoa, 1996, 
cuaderno de trabajo de Hegoa núm. 17, refi ere que los principales instrumentos 
internaciones producidos por la ONU concernientes a las mujeres son los que se 
indican a continuación: Declaración Universal sobre Derechos Humanos de 1948; 
Convención sobre Supresión de Tráfi co Ilegal de Personas y Explotación de la 
Prostitución de 1949; Convención sobre Igual Remuneración por Igual Trabajo 
de 1951; Convención sobre Derechos Políticos de las Mujeres de 1952; Conven-
ción sobre Nacionalidad de las Mujeres Casadas de 1957; Convención sobre 
Discriminación en relación al Empleo y Ocupación de 1958; Convención contra 
la Discriminación en la Educación de 1960; Convención sobre la Necesidad de 
Reconocimiento y Edad Mínima para el Matrimonio de 1962; Declaración sobre 
Protección de las Mujeres y Niñas/os de 1974 en caso de Emergencia y Confl icto 
Armado; Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discrimina-