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MGTR. MAURO SALVADOR CHACÓN LEMUS

se conformaba la Asamblea Nacional Constituyente que dictara la 
Constitución que regiría ese período revolucionario.

El 11 de marzo de 1945 la Asamblea Constituyente decretó la 

Constitución de la República de Guatemala, la cual, en su título III, 
reconocía en dos capítulos lo concerniente a los derechos individuales 
e incluía los derechos sociales, adoptando los postulados del consti-
tucionalismo social. En su artículo 38, dentro del capítulo I: Garantía 
Individuales, la Constitución declaraba: “Todos los guatemaltecos, 
sin distinción de sexo, son admisibles a los empleos y cargos públi-
cos según su mérito y capacidad, salvo las incompatibilidades que 
las leyes señalen y las limitaciones que esta Constitución establece”. 

Esa norma se dirigía a todos los guatemaltecos, sin distinguir 

entre hombres y mujeres, posiblemente infl uenciados por el recono-
cimiento del derecho al voto de la mujer en países anglosajones y de 
Europa continental, para los años veinte. El contenido de esa norma 
se complementaba con el segundo párrafo del artículo 9°: “Son dere-
chos y deberes inherentes a la ciudadanía: elegir, ser electo y optar a 
cargos públicos […]”. Ese mismo artículo clasifi caba a los ciudadanos 
en dos, por razones de género: “[…] 1o.- Los guatemaltecos varones 
mayores de dieciocho años; 2o.- Las mujeres guatemaltecas mayores 
de dieciocho años que sepan leer y escribir […]”. 

Esa clasifi cación se explicaba en lo subsiguiente del artículo 9°, 

señalando que los derechos de ciudadanía eran impositivos para los 
varones instruidos y optativos para las mujeres y los analfabetos. No 
obstante, las que quedaban excluidas del ejercicio de los derechos po-
líticos eran las mujeres analfabetas y debe recordarse que en esa época 
de fuerte estructura patriarcal la mayoría de los padres de familia no 
enviaban a sus hijas a los centros de educación, pues consideraban que 
su función social se constreñía a los trabajos hogareños o campestres. 

Con esa norma, puede decirse que dio inicio la participación 

política de las mujeres en Guatemala. Por ende, durante los años de 
la revolución de octubre (1944-1954), se inició un desarrollo político 
democrático que alcanzó también a las mujeres. Tanto en la campaña 
electoral de 1945 como en la de 1950, muchas mujeres –maestras, es-
posas de activistas, sindicalistas– realizaron tareas de apoyo, aunque 
en posiciones subalternas.