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MGTR. MAURO SALVADOR CHACÓN LEMUS
se conformaba la Asamblea Nacional Constituyente que dictara la
Constitución que regiría ese período revolucionario.
El 11 de marzo de 1945 la Asamblea Constituyente decretó la
Constitución de la República de Guatemala, la cual, en su título III,
reconocía en dos capítulos lo concerniente a los derechos individuales
e incluía los derechos sociales, adoptando los postulados del consti-
tucionalismo social. En su artículo 38, dentro del capítulo I: Garantía
Individuales, la Constitución declaraba: “Todos los guatemaltecos,
sin distinción de sexo, son admisibles a los empleos y cargos públi-
cos según su mérito y capacidad, salvo las incompatibilidades que
las leyes señalen y las limitaciones que esta Constitución establece”.
Esa norma se dirigía a todos los guatemaltecos, sin distinguir
entre hombres y mujeres, posiblemente infl uenciados por el recono-
cimiento del derecho al voto de la mujer en países anglosajones y de
Europa continental, para los años veinte. El contenido de esa norma
se complementaba con el segundo párrafo del artículo 9°: “Son dere-
chos y deberes inherentes a la ciudadanía: elegir, ser electo y optar a
cargos públicos […]”. Ese mismo artículo clasifi caba a los ciudadanos
en dos, por razones de género: “[…] 1o.- Los guatemaltecos varones
mayores de dieciocho años; 2o.- Las mujeres guatemaltecas mayores
de dieciocho años que sepan leer y escribir […]”.
Esa clasifi cación se explicaba en lo subsiguiente del artículo 9°,
señalando que los derechos de ciudadanía eran impositivos para los
varones instruidos y optativos para las mujeres y los analfabetos. No
obstante, las que quedaban excluidas del ejercicio de los derechos po-
líticos eran las mujeres analfabetas y debe recordarse que en esa época
de fuerte estructura patriarcal la mayoría de los padres de familia no
enviaban a sus hijas a los centros de educación, pues consideraban que
su función social se constreñía a los trabajos hogareños o campestres.
Con esa norma, puede decirse que dio inicio la participación
política de las mujeres en Guatemala. Por ende, durante los años de
la revolución de octubre (1944-1954), se inició un desarrollo político
democrático que alcanzó también a las mujeres. Tanto en la campaña
electoral de 1945 como en la de 1950, muchas mujeres –maestras, es-
posas de activistas, sindicalistas– realizaron tareas de apoyo, aunque
en posiciones subalternas.