En cuanto a las posiciones, que básicamente son afirmaciones
que hace el articulante para que el absolvente responda «sí» o «no»,
la ley establece que estas deben versar sobre hechos personales del
absolvente, tratarse sobre un mismo hecho y estar dirigidas en sentido
afirmativo. Por otro lado, las posiciones deberán acompañarse en un
pliego que se presentará en sobre sellado en plica, el cual quedará en
resguardo en la secretaría del juzgado y será abierto en el momento
de la diligencia, momento en el cual el juez procederá a calificar las
posiciones, descalificando las que no tengan los requisitos antes
mencionados. La diligencia empezará con la juramentación del
absolvente, posteriormente con la calificación de las posiciones y luego
se procederá a formularlas, cuestión a la que el absolvente responderá
en sentido afirmativo o negativo solamente, pudiendo el articulante,
al término de las posiciones, articular nuevas con previa calificación
del juez.
El valor probatorio de la declaración de parte es vital dentro de
un proceso. A excepción del proceso penal, la confesión prestada
legalmente produce plena prueba, es decir, que las aserciones se
tomarán como ciertas, con la excepción del declarado confeso, quien
es la parte que no se presenta a la diligencia; este podrá rendir prueba
en contrario. En el caso de confesión extrajudicial o prestada fuera de
la diligencia, esta se tendrá como principio de prueba y no como plena
prueba. Como ya se mencionó, el proceso puede terminar por confesión
legalmente prestada, dictando el juez sentencia a solicitud de parte sin
más trámite. También existe la figura de la confesión sin posiciones,
la cual ocurre cuando la parte en la demanda o en otro estado del
proceso ha confesado; la parte interesada la solicitará, decretándose la
ratificación y quedando perfecta la confesión, poniendo fin al proceso.
3.4.2 Declaración de testigos
La declaración de testigos dentro de los procesos en general en
Guatemala, ha pasado de ser la prueba reina a ser una prueba usada
JOSE PABLO PACHECO SAMAYOA
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