Por lo que se refiere a las exenciones contempladas en la LIUSI,
el artículo 12 señala que están exentos por los bienes inmuebles
que posean, además de Estado, sus entidades descentralizadas,
autónomas, las municipalidades, las misiones diplomáticas y
consulares y los organismos internacionales de los que Guatemala
forme parte: la Universidad de San Carlos de Guatemala y demás
universidades legalmente autorizadas para funcionar en el país;
las entidades religiosas debidamente autorizadas, siempre que los
bienes inmuebles se destinen al culto que profesan, a la asistencia
social o educativa y que estos servicios se proporcionen de manera
general y gratuita; los centros educativos privados destinados a la
enseñanza, que realicen planes y programas oficiales de estudio; los
colegios profesionales; la Confederación Deportiva Autónoma de
Guatemala y el Comité Olímpico Guatemalteco; y los inmuebles
de las cooperativas legalmente constituidas en el país.
2. Impuestos indirectos
Se regulan en Guatemala los siguientes impuestos de
carácter indirecto: impuesto al valor agregado (IVA), impuesto
de timbres fiscales y papel sellado especial para protocolos,
derechos arancelarios de importación (DAI), impuesto sobre la
distribución de bebidas alcohólicas destiladas, cervezas y otras
bebidas fermentadas, impuesto específico sobre la distribución de
bebidas gaseosas isotónicas deportivas, jugos y néctares, yogures,
preparaciones concentradas o en polvo para la elaboración de bebidas
y agua natural envasada, impuesto específico a la distribución del
cemento, impuesto de tabacos y sus productos, impuesto a la
distribución de petróleo crudo y derivados del petróleo e impuesto
sobre circulación de vehículos terrestres, marítimos y aéreos.
A. Impuesto al valor agregado (IVA)
Se encuentra regulado en la
Ley del Impuesto al valor
Agregado, Decreto Número 27-92 del Congreso de la
República (LIVA), que grava los hechos generadores que
impliquen sustancialmente incremento de valor (art. 3 LIVA),
pero estableciendo una serie de exenciones que se contiene en el
TRATAMIENTO FISCAL DEL TERCER SECTOR EN GUATEMALA
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