serán las reglas de su funcionamiento, operación y extinción (art. 8 
LONGD) y pueden, a su vez, constituirse en federaciones y éstas 
en confederaciones (art. 9 LONGD).

En relación con los beneficios obtenidos por las ONG, 

la LONGD prohíbe distribuir dividendos, al establecer que 
dichas organizaciones son personas jurídicas no lucrativas que 
tienen prohibición expresa de distribuir dividendos, utilidades, 
excedentes, ventajas o privilegios a favor de sus miembros. Podrán 
realizar todas las operaciones de lícito comercio que permitan las 
leyes y en tal forma podrán obtener recursos que deberán utilizar 
únicamente para el cumplimiento de sus fines (art. 18 LONGD). 
Parece claro que el precepto invocado permite alinear a estas 
entidades entre las non-profit organizations, que siguen el principio 
de no distribución de beneficios.

Tratándose de entidades extranjeras, pueden solicitar su 

inscripción en Guatemala, siempre que sus objetivos y fines sean 
acordes con lo establecido en la LONGD (art. 12 LONGD). 

5. Organizaciones lucrativas

En el caso de las asociaciones de empresas constituidas con el 

propósito de actuar en el mercado, procede efectuar un análisis 
similar al realizado para las fundaciones controladas por las 
administraciones públicas o por el sector empresarial: no forman 
parte del sector no lucrativo desde la perspectiva del enfoque NPO 
al no cumplir el requisito de la independencia y autogobierno. En 
el supuesto de que el control sobre estas asociaciones lo realicen 
empresas de la economía social, tendrán la misma consideración 
que estas últimas desde la perspectiva del criterio finalista de 
identificación del sector no lucrativo.

34

 El MINFIN incluye dentro 

de este rubro a las cooperativas y sociedades civiles

35

.

34 C

haves

 Á

vila

, R. y M

onzón

 C

aMpos

, J.l., op. cit., pág. 20.

35 Documento: Las Organizaciones No Gubernamentales en el Régimen Jurídico 

Guatemalteco. Disponible en la página Web del Ministerio de Finanzas, Gobierno de 
Guatemala, Portales Fiscales: ONG.: http://www.minfin.gob.gt/subsitios/ong/index.
html (Fecha de consulta: 24 de abril de 2014).

TRATAMIENTO FISCAL DEL TERCER SECTOR EN GUATEMALA 

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