son las conductas consideradas disvaliosas por el tipo penal y las 
sanciones que como resultado de la comisión de las mismas se 
producen. Las reglas deben ser claras. No pueden existir sorpresas 
desagradables para las personas, que se traduzcan en actos arbitrarios 
cometidos por el Estado en la promulgación de leyes ex post facto

El principio de irretroactividad penal implica una prohibición 

directa para el legislador y para el juzgador. Para el legislador, la de 
no aprobar leyes que regulen supuestos acaecidos con anterioridad 
al inicio de su vigencia; para el juez, le impone la limitación de 
no poder aplicar la ley para resolver el caso sujeto a su resolución 
judicial respecto de hechos acontecidos con anterioridad al inicio 
de su vigencia, pues en defi nitiva, es a éste a quien corresponde, 
dada la función jurisdiccional en la solución del caso concreto 
sometido a su conocimiento y decisión, establecer cuál es la norma 
aplicable al caso concreto, en situaciones en que se produzca una 
sucesión de leyes penales en el tiempo.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce 

una importancia superlativa a la legalidad y a la irretroactividad. 
Considera que en un Estado de Derecho, los principios de legalidad 
e irretroactividad presiden la actuación de todos los órganos del 
Estado, en sus respectivas competencias, particularmente cuando 
viene al caso el ejercicio de su poder punitivo.

61

 Ciertamente, como 

se ha venido exponiendo, el principio de irretroactividad de la ley 
penal constituye un complemento o consecuencia del principio 
de legalidad

62

 y busca proteger la seguridad jurídica, de tal forma, 

61 ASO VÉLEZ LOOR VS. PANAMÁ. Sentencia de 23 de noviembre de 2010; párr. 183. 

62 A pesar de ser ambos principios informadores del Derecho Penal y, por ende, básicos o 

fundamentales en un Derecho Penal garantista, la irretroactividad de la ley constituye 
un complemento del principio de legalidad (M

UÑOZ

 C

ONDE

), puesto que no se aprueba 

una ley para regular hechos acontecidos con anterioridad a su vigencia. Cfr. M

UÑOZ

C

ONDE

, Francisco considera que “la prohibición de retroactividad es el complemento 

indispensable del principio de legalidad, porque sin esa prohibición el principio se 
convertiría en una burla, más que en una garantía de los derechos individuales”. 
Introducción al Derecho Penal
Op. cit., p. 153; A su vez, el autor argentino C

REUS

, Carlos 

considera que la retroactividad es un efecto del principio de legalidad, al manifestar 
que “En el derecho penal en particular, se lo afi rma como un efecto obligado del 
principio de legalidad. Como relación jurídica, puede decirse que la del ‘delito’ nace 
cuando el autor observa la conducta penalmente tipifi cada; es en ese momento cuando, 
sobre todo, se delinea la culpabilidad en cuanto relación (‘interna’) de la ley con el 

PRINCIPIOS INFORMADORES DEL DERECHO PENAL 

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