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Guía para una mejor gestión ambiental en las municipalidades 

i. Implementar medidas de seguimiento y control

Las municipalidades deben tomar, como mínimo, dos muestras al año de las aguas 
residuales y analizarlas de conformidad con lo establecido en el estudio técnico. De los 
resultados obtenidos se llevará un registro, el cual deberá conservarse por cinco años y 
presentarse al MARN cuando sea requerido (art. 49, RARL).

j. Cobrar por el servicio de alcantarillado

Los gastos en los que se incurra por el tratamiento de las aguas residuales pueden incluirse 
en la tasa municipal del servicio de alcantarillado. Dentro de estos gastos, se encuentran 
los costos de operación, mantenimiento, mejoramiento de calidad y cobertura del servicio y 
los estudios técnicos que se realicen, entre otros. La tarifa del servicio será diferenciada de 
acuerdo con las características de cada descarga y estarán exentas del pago las personas 
que descarguen aguas residuales al alcantarillado público dentro de los límites máximos 
permisibles (arts. 32 y 33 del RARL).

k. Respetar las prohibiciones establecidas en ley

Queda prohibido: descargar las aguas residuales a flor de tierra, en canales abiertos y en
alcantarillado pluvial; descargar las aguas residuales no tratadas al manto freático; usar
cualquier tipo de agua para diluir las aguas residuales; reutilizar las aguas residuales en áreas
protegidas y similares; efectuar la disposición final de lodos en alcantarillados o cuerpos
de agua superficiales o subterráneos; y disponer de los lodos como abono para cultivos
comestibles sin haber efectuado su estabilización y desinfección (arts. 55 al 60, RARL).

Si se infringen estas prohibiciones, las municipalidades pueden recibir una 

advertencia o ser sancionadas con multa, clausura o aplicación de medidas 

de corrección, entre otras sanciones contempladas por la Ley de Protección y 

Mejoramiento del Medioambiente.