37
Guía para una mejor gestión ambiental en las municipalidades
La fecha para presentar este estudio venció el 29 de septiembre de 2017
(art. 24 bis, Acuerdo Gubernativo 236-2006, adicionado por el art. 2, Acuerdo
Gubernativo 138-2017). Si las municipalidades no cuentan con el mismo
pueden tener sanciones administrativas, incluso penales, por el delito de
incumplimiento de deberes.
e. Contar con sistemas de tratamiento de aguas residuales y lodos
Para eliminar los contaminantes que poseen las aguas residuales y así alcanzar los límites
máximos permisibles establecidos en ley, es necesario darles tratamiento adecuado. Para
el efecto, las municipalidades deben tener en operación sistemas de tratamiento de aguas
residuales de conformidad con los siguientes plazos y modalidades:
Tabla 6. Sistemas de tratamiento de aguas residuales: plazos y modalidades
Obligación
Plazo
Sistemas de tratamiento completos para las dos descargas principales que en
el inventario se reporten sin tratamiento y que concentren la mayor carga de
demanda bioquímica de oxígeno.
2/5/2019
Sistemas de tratamiento para el 45 % del total de las descargas consignadas
en el inventario.
2/5/2023
Sistemas de tratamiento para el 80 % del total de las descargas consignadas
en el inventario.
2/5/2027
Sistemas de tratamiento para el 100 % del total de las descargas consignadas
en el inventario.
2/5/2031
Fuente: elaboración propia, Acuerdo Gubernativo 138-2017