123

Guía para una mejor gestión ambiental en las municipalidades 

6. Desarrollo de viveros forestales municipales permanentes

REGLA GENERAL Y ESPECÍFICA

FUNDAMENTO  

(artículo)

CUMPLE

2. Eficacia, seguridad y continuidad

No

La municipalidad cuenta con al menos un vivero forestal 
permanente.

68, CM

El vivero forestal se encuentra inscrito en el Registro Nacional 
Forestal del INAB.

88, f, Ley Forestal

La municipalidad formula y realiza programas educativos 
forestales en sus municipios.

8, b, Ley Forestal

La municipalidad es portavoz de los programas, estrategias y 
políticas que el INAB diseñe para su municipio.

8, c, Ley Forestal

Apoya al INAB en las concesiones forestales:
a. Identifica las áreas propiedad del Estado susceptibles 

para ser otorgadas en concesión forestal.

b. Si el área identificada se encuentra bajo su cuidado o 

administración, autoriza la suscripción de un convenio con 
el INAB para la concesión. 

28 y 30, Ley 

Forestal

12, Reglamento 

de la Ley Forestal

Apoya al INAB en las licencias de aprovechamiento forestal:
a. Ejecuta sistemas de vigilancia para evitar el 

aprovechamiento ilegal de productos forestales en sus 
municipios.

b. Apoya al INAB en el control del aprovechamiento 

autorizado de productos forestales. 

58 y 87, Ley 

Forestal

Apoya al INAB en las campañas de prevención y control de 
incendios.

38, Reglamento 

de la Ley Forestal

Otorga licencias para la tala de árboles para volúmenes 
menores de diez metros cúbicos, por licencia, por finca y 
por año. 

54, Ley Forestal