122
Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)
5. Promoción y gestión de parques, jardines y lugares
recreativos
REGLA GENERAL Y ESPECÍFICA
FUNDAMENTO
(artículo)
CUMPLE
2. Eficacia, seguridad y continuidad
Sí
No
2.1. De las áreas no protegidas
La municipalidad cuenta con al menos un parque, jardín o
lugar de recreación.
68 y 23 bis, CM
Cuenta (cada uno de los anteriores) con evaluación de
impacto ambiental favorable emitido por el MARN.
8, Ley de
Protección y
Mejoramiento del
Medio Ambiente
24 y 26, Recsa
Asegura que todas las lotificaciones, parcelamientos,
urbanizaciones y otras formas de desarrollo urbano o rural
cuenten con áreas recreativas y deportivas.
142 y 147, CM
2.2. De las áreas protegidas
Ayuda al INAB en la identificación, estudio, proposición y
desarrollo de áreas protegidas en su territorio.
6, Ley de Áreas
Protegidas
En caso de tener bajo su control un área protegida:
a. Cuenta con el plan maestro sobre el manejo del área
protegida (aprobado por el Conap).
b. El plan maestro está actualizado (por cada cinco años).
c. Presenta planes operativos anuales a aprobación del
Conap.
d. Presenta informes anuales al Conap.
e. Autoriza el ingreso del Conap para realizar inspecciones.
19 al 23, Ley de
Áreas Protegidas
22 y 23,
Reglamento de
la Ley de Áreas
Protegidas
Coordina sus políticas con la Política Nacional y Estrategias
para el Desarrollo del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
3, CM
Fuente: elaboración propia