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Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)
e. Efectuar las exhumaciones conforme la ley
Exhumar significa desenterrar un cadáver. La exhumación puede ser ordinaria si se realiza
después de los cuatro años de haberse enterrado el cadáver en el suelo, o seis si fue
enterrado en nicho. Para hacer este tipo de exhumaciones se deben considerar los
siguientes aspectos:
•
No es necesaria la autorización previa de las autoridades sanitarias.
•
Los interesados deben hacer la solicitud por escrito; en caso de que la interesada
sea la municipalidad, esta deberá notificar a los familiares del difunto y levantar acta.
•
Previo a hacer la exhumación, se debe comprobar la identidad e inhumación del
cadáver (arts. 39 al 43, RCTC).
Otro tipo de exhumación es la extraordinaria, y es la que puede realizarse en cualquier
momento siempre y cuando exista orden judicial y autorización expresa del MSPAS
(art. 116, Código de Salud). En ningún caso se podrán exhumar los cadáveres de personas
que fallecieron por enfermedad sujetas a cuarentena, a menos que el MSPAS otorgue su
autorización.
f. Llevar registros y presentar informes al MSPAS
Las municipalidades, de acuerdo con el Reglamento de Cremación e Incineración de
Cadáveres y Restos Humanos, artículos 22, 24 y 31, deben llevar al día un registro sobre:
1) inhumaciones, 2) exhumaciones, 3) cremaciones, y 4) propiedades destinadas a las
inhumaciones. Con base en estos datos se extenderán las certificaciones correspondientes.
Al final de cada año, las municipalidades presentan al MSPAS un cuadro estadístico de los
enterramientos, las cremaciones e incineraciones realizadas en el año.
g. Cobro por el servicio
Por el entierro. Los nichos, la sepultura de fábrica y la de fábrica media se construyen por
cuenta de la municipalidad, la cual puede cobrar una tasa o contribución para el efecto.
Sin embargo, en el caso de la fábrica común, la municipalidad está facultada para hacer
exenciones por notoria pobreza. En cuanto a las capillas y los mausoleos, su construcción
está a cargo de los interesados, pero el terreno en que se construyen es objeto de