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Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)

Por otra parte, estas reglas también contribuyen a alcanzar los ODS priorizados por la 
ONU, principalmente los relacionados con:

9. Autorización de megáfonos y equipos de sonido expuestos al 

público

En un principio, la contaminación acústica no era considerada un tema de mayor 
trascendencia a nivel nacional. Sin embargo, hoy existe una tendencia por contrarrestarla. 
Y es que no podría ser de otra manera, si se toman en cuenta los efectos dañinos que 
el sonido molesto puede producir. De acuerdo con las Guías para el Ruido Urbano, el 
ruido tiene efectos adversos sobre la audición, el sueño, las funciones fisiológicas, la salud
mental, el rendimiento y la conducta de las personas. El hecho de que un vecino no pueda 
dormir a causa de la música generada por un bar o discoteca tiene repercusiones serias 
en su vida, pues le genera cansancio y le impide rendir adecuadamente en sus tareas 
cotidianas. Por otra parte, el tener a una persona expuesta largos períodos de tiempo a 
altos niveles de sonido puede ocasionarle hipertensión, cardiopatía, zumbidos en los oídos 
e incluso pérdida o deficiencia auditiva (OMS, s. f.).

A nivel mundial, se estima que unos 1100 millones de adolescentes y jóvenes corren el 
riesgo perder la audición por el uso nocivo de aparatos de audio personales, y por la 
exposición a niveles sonoros dañinos en lugares de ocio ruidosos, como clubes nocturnos, 
bares y eventos deportivos. En el ámbito nacional, aunque se sabe que existen niveles 
significativos de contaminación acústica, principalmente en la ciudad de Guatemala y
otras zonas urbanas del país, no existen estudios que lo demuestren de manera objetiva. 
Algunos datos del MARN (2009) indican que las denuncias por contaminación audiovisual 
tramitadas por dicho ministerio en el 2007 constituyeron el 18 % del total de denuncias
ambientales tramitadas en dicha institución, mientras que en el 2008 fue del 15 %. Para el