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Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)

los derechos humanos internacionalmente aceptados. La Carta de la Naciones Unidas, 

instrumento constituyente de la Organización, fue firmada el 26 de junio de 1945 y entró 

en vigencia el 24 de octubre de 1945

96

.

De la lectura de los artículos 13 y 55 de dicha carta, puede inferirse que en un inicio, la 

protección internacional

 no necesariamente se fundamentaba en el interés de proteger 

a la persona humana (en su dimensión individual), sino en el establecimiento de normas 

que contribuyeran a mantener las buenas relaciones entre Estados. El artículo 13 de la 

Carta establece, en la parte conducente, que: 

La Asamblea General promoverá estudios y hará recomendaciones para los fines 
siguientes: […] b. 

fomentar la cooperación internacional en materias de carácter económico, 

social, cultural, educativo y sanitario y ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las 
libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma 
o religión

97

. [Lo resaltado es propio]. 

Por su parte, el artículo 55 estipula en la parte conducente: 

Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias

 para las 

relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio de la igualdad 
de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, 

la Organización promoverá: […] 

c. el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, 
sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales 
derechos y libertades

98

. [Lo resaltado es propio]. 

Más adelante, en el artículo 60 de la carta se confía a la Asamblea General y, bajo la 

autoridad de esta, al Consejo Económico y Social

99

, la realización de las funciones 

asignadas a las Naciones Unidas en materia de promoción de los derechos humanos. 

Con apoyo en dicho artículo y en los que conforman el Capítulo X de la referida carta, 

96 

En el preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas quedó consagrado lo siguiente: 

«Nosotros los pueblos 

de las Naciones Unidas resueltos «(…) a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el 

valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas (…)». 

Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, Carta de las Naciones Unidas. 

Se firmó el 26 de junio de 1945 en San Francisco y entró en vigor el 24 de octubre del mismo año.

97 

Idem

98 

Idem.

99 

Artículo 60. «La responsabilidad por el desempeño de las funciones de la Organización señaladas en 

este Capítulo corresponderá a la Asamblea General y, bajo la autoridad de esta, al Consejo Económico 

y Social, que dispondrá a este efecto de las facultades expresadas en el Capítulo X.» 

Idem