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Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)
d. Delito de desaparición forzada
d.1 Norma jurídica
Artículo 201.- * TER. Comete el delito de desaparición forzada quien, por orden, con la
autorización o apoyo de autoridades del Estado, privare en cualquier forma de la libertad a
una o más personas, por motivos políticos, ocultando su paradero, negándose a revelar su
destino o reconocer su detención, así como el funcionario o empleado público, pertenezca
o no a los cuerpos de seguridad del Estado, que ordene, autorice, apoye o dé la aquiescencia
para tales acciones.
Constituye delito de desaparición forzada, la privación de la libertad de una o más personas,
aunque no medie móvil político, cuando se cometa por elementos de los cuerpos de
seguridad del Estado, estando en ejercicio de su cargo, cuando actúen arbitrariamente o
con abuso o exceso de fuerza. Igualmente, cometen delito de desaparición forzada, los
miembros o integrantes de grupos o bandas organizadas con fines terroristas, insurgentes,
subversivos o con cualquier otro fin delictivo, cuando cometan plagio o secuestro,
participando como miembros o colaboradores de dichos grupos o bandas.
El delito se considera permanente en tanto no se libere a la víctima.
El reo de desaparición forzada será sancionado con prisión de veinticinco a cuarenta años.
Se impondrá la pena de muerte en lugar del máximo de prisión, cuando con motivo u
ocasión de la desaparición forzada, la víctima resultare con lesiones graves o gravísimas,
trauma psíquico o psicológico permanente o falleciere
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.
d.2 Análisis lógico-jurídico del juicio que comprende la sanción objeto de análisis
Supuesto
jurídico
Disposición jurídica
Si el juzgador
estima que el
acusado por
el delito de
desaparición
forzada
cometió
dicho ilícito,
entonces…
Concepto
referente: titular
de la facultad
Concepto relacional: contenido del derecho
Concepto relato:
persona ante la cual se
ejerce la facultad
El juzgador… Tiene la facultad de imponer la pena de
muerte, en lugar del máximo de prisión
(40 años), si por motivo u ocasión de la
desaparición forzada, la víctima resultare con
lesiones graves o gravísimas, trauma psíquico
o psicológico permanente o falleciere;
sanción que aplicará en contra del…
Condenado
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Este artículo fue adicionado por el artículo 1 del Decreto número 33-96 del Congreso de la
República de Guatemala.
Idem.