37
La pena de muerte en Guatemala: un análisis íntegro y armónico conforme el derecho interno e internacional
El análisis lógico-jurídico se consignará en la página siguiente, ya que por su estructura
conviene apreciarse íntegramente en un cuadro sin dividirse su lectura, circunstancia que
se produciría si quedase plasmado en diferentes páginas.
b. Análisis lógico-jurídico
La norma citada comprende cuatro juicios
84
. El primero comprende desde la primera
oración hasta la literal «e)»
85
:
86
Supuesto jurídico
Disposición jurídica
Si el juzgador
está analizando
y valorando un
caso por un delito
sancionado con
pena de muerte,
entonces…
Concepto
referente: titular
de la obligación
Concepto
relacional:
contenido del deber
Concepto relato: persona ante la cual
se cumple la obligación
El juez…
No debe imponer
la pena de muerte
en contra de…
Imputado alguno con fundamento
en presunciones, mujeres, mayores
de sesenta años, los reos de delitos
políticos y comunes conexos con los
políticos; y, reos cuya extradición haya
sido concedida bajo esa condición
86
.
84
La unidad del artículo no debe confundirse con la cantidad de juicios que comprende, porque aquella
noción es la forma como se identifica y regula la materia por técnica legislativa, y para tal efecto
pueden emplearse varios juicios jurídicos. Por consiguiente, un artículo puede contener uno o más
juicios jurídicos.
85
El juicio jurídico tampoco debe confundirse con su expresión verbal, pues la primera corresponde a la
lógica jurídica (plano de la realidad mental) y la segunda a la gramática (plano de la realidad material),
disciplinas distintas.
86
El juicio jurídico tiene estructura de un juicio relacional, y una de sus propiedades es su asimetría, que
dio lugar a la relación jurídica directa y a la relación jurídica conversa: La primera, es la representada
explícitamente en la ley (que puede ser simbolizado por xFy, donde «x» es el concepto referente que
corresponde al sujeto facultado; «F» el concepto relacional que alude al derecho reconocido por ley; y,
«y» el concepto relato que refiere al sujeto ante quien se ejerce la facultad. Naturalmente la norma puede
referir de forma explícita a la fórmula que se trata a continuación); y, la segunda, que se infiere de la
bilateralidad de la norma y los conceptos que integran el juicio relacional, pero de manera conversa (yDx,
donde «y» se convierte en el concepto referente que corresponde al sujeto obligado; «D», el concepto
relacional que alude al contenido del deber; y, «y» el concepto relato que refiere al sujeto ante el cual se
cumple el deber). En el caso concreto del juicio referido en la norma constitucional su converso sería el
siguiente: «x», el imputado con fundamento en presunciones, mujeres, mayores de sesenta años, los reos
de delitos políticos y comunes conexos con los políticos; y, reos cuya extradición haya sido concedida
bajo esa condición; «F», tienen el derecho de exigir de que no se les imponga la pena de muerte; y, «y»
ante el Juez. La relación jurídica conversa podría indicarse para cada juicio jurídico que se analiza, pero
excedería el alcance y propósito de este estudio, empero, se indica en caso el lector desee discurrir por
dichos caminos intelectuales. Rosales Gramajo, Fernando Javier,
op. cit., pp. 96-99; 151-172.