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Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)
fin era reprimir todo lo que tuviera propósito, fines, inspiración, naturaleza u objetivos
comunistas. Se organizó el Comité Nacional de Defensa contra el Comunismo y se emitió
la Ley Preventiva Penal contra el Comunismo, creándose Tribunales de Instrucción en el
país. El Comité incluso tenía facultades para detener a cualquier persona, y en el ejercicio
de la misma detuvo a 12 000 personas, aproximadamente. Otra de sus actividades fue la
elaboración de una lista de personas afines al comunismo que les impedía desempeñar
cargos o empleos públicos. Este registro tuvo 72 000 personas. La mayoría de delitos
contemplados en dicha ley (como la tenencia o portación de armas de fuego; comercio,
transporte o adquisición de explosivos; publicaciones y propaganda; sabotaje, etc.)
eran sancionados con pena privativa de libertad; y la pena capital se dictaba contra los
responsables del delito de actos terroristas.
En el gobierno de Carlos Castillo Armas fueron ejecutadas por pena de muerte cinco
personas, pero por delitos comunes.
La nueva Constitución entró en vigor el 10 de marzo de 1956. Los tribunales militares
quedaron fuera del poder judicial. Dicha carta magna establecía en el inciso 2 de su
artículo 62 que las acciones comunistas, individuales o asociadas, eran punibles. En el
artículo 69 de dicha ley fundamental se reguló que la pena de muerte se impondría por
los delitos determinados en ley, y no se podrá aplicar con fundamento en presunciones
ni contra las mujeres ni menores de edad, siendo admisibles todos los recursos legales
contra las sentencias que comprendan dicha sanción.
El 21 de febrero de 1961, el Decreto 1424 derogó el Decreto 59 que contiene la Ley
Preventiva Penal contra el Comunismo, aduciéndose que el gobierno guatemalteco es
incompatible con cualquier doctrina totalitaria (como el comunismo).
El 31 de marzo de 1963 Enrique Peralta Azurdia dio un golpe de Estado al presidente
Miguel Ydígoras Fuentes. Los militares gobernaron entre 1963 y 1966 mediante la Carta
Fundamental de Gobierno, que derogó la Constitución de 1956. Durante el régimen de
facto de Peralta Azurdia se emitió la Ley de Defensa de las Instituciones Democráticas, en
la que se determinó que todos los delitos contra la seguridad del Estado serían juzgados
por tribunales militares. Cualquier persona relacionada en un acto de terrorismo que
causare la muerte o heridos sería ejecutada. El artículo 19 de dicha ley ordenó que el
Ministerio de la Defensa Nacional debía organizar un registro, en el que figuraban, entre
otros, las personas afiliadas a partidos o entidades comunistas, los países que formaban
parte del bloque comunista, las agrupaciones o entidades de tendencia comunista, etc.; ya
que algunos de esos registros se reputaban presunción de culpabilidad según el artículo
20 del cuerpo normativo indicado.