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La pena de muerte en Guatemala: un análisis íntegro y armónico conforme el derecho interno e internacional
CAPÍTULO 1
CONOCIMIENTOS DOCTRINARIOS Y UNIVERSALES SOBRE
LA PENA DE MUERTE: TEORÍAS QUE LE FAVORECEN Y LAS
QUE PROMUEVEN SU ABOLICIÓN
En el presente capítulo se desarrollan los conocimientos doctrinarios y universales sobre
la pena de muerte, las teorías que le favorecen y las que promueven su abolición, a efecto
de comprender el marco teórico sobre el cual se fundamentan las diferentes posiciones
en torno a este controvertido tema.
La «pena de muerte», propiamente dicha, solo puede ser impuesta por el Estado, entidad
legitimada para declararla y ejecutarla luego de un procedimiento que resguarde todos
los derechos del acusado por el ilícito con esa sanción establecida por el legislador. Esta
es la premisa en la actualidad.
A lo largo de los siglos, la conformación del Estado, con las transformaciones resultantes
en los mecanismos del gobierno y el ejercicio del poder derivados de momentos tensos,
luchas, guerras y pactos sociales, apresuraron su proceso de desarrollo. En efecto, Cesare
Beccaria, al tratar sobre el origen de las penas y el derecho a castigar
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, basándose en el
método científico, partió del humano en su condición salvaje, que para satisfacer sus
necesidades del día a día y las complicaciones consustanciales a dicha faena, se agrupó.
Esta congregación generó otras para resistirse y confrontarse en la satisfacción de sus
necesidades e intereses de cada grupo respectivamente, gestándose guerras que cambiaron
la entidad individual del humano en su condición natural, pasando por agrupaciones
hasta formarse las naciones.
El individuo ya no podía ni debía vivir en una libertad total que le resultaba inútil por la
incertidumbre de conservarla si no se adhería a una nación, razón por la cual sacrificó una
parte de dicha libertad para vivir con seguridad y tranquilidad. Esa suma de porciones
de libertad sacrificadas al bien de cada persona constituyó la soberanía de una nación, y
el soberano se convirtió en el depositario y administrador de las mismas. En el ejercicio
de la soberanía el legislador, que representa a toda la sociedad agrupada por un contrato
social, promulga las leyes que establecen las condiciones que permiten la convivencia en
una nación y también definen las penas contra sus infractores que han de ser impuestas
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Beccaria, Cesare,
De los delitos y de las penas, El Salvador, Editorial Jurídica Salvadoreña, 2007, pp. 18-21.