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La pena de muerte en Guatemala: un análisis íntegro y armónico conforme el derecho interno e internacional

CAPÍTULO 1

CONOCIMIENTOS DOCTRINARIOS Y UNIVERSALES SOBRE 

LA PENA DE MUERTE: TEORÍAS QUE LE FAVORECEN Y LAS 

QUE PROMUEVEN SU ABOLICIÓN

En el presente capítulo se desarrollan los conocimientos doctrinarios y universales sobre 
la pena de muerte, las teorías que le favorecen y las que promueven su abolición, a efecto 
de comprender el marco teórico sobre el cual se fundamentan las diferentes posiciones 
en torno a este controvertido tema.

La «pena de muerte», propiamente dicha, solo puede ser impuesta por el Estado, entidad 
legitimada para declararla y ejecutarla luego de un procedimiento que resguarde todos 
los derechos del acusado por el ilícito con esa sanción establecida por el legislador. Esta 
es la premisa en la actualidad. 

A lo largo de los siglos, la conformación del Estado, con las transformaciones resultantes 
en los mecanismos del gobierno y el ejercicio del poder derivados de momentos tensos, 
luchas, guerras y pactos sociales, apresuraron su proceso de desarrollo. En efecto, Cesare 
Beccaria, al tratar sobre el origen de las penas y el derecho a castigar

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, basándose en el 

método científico, partió del humano en su condición salvaje, que para satisfacer sus 
necesidades del día a día y las complicaciones consustanciales a dicha faena, se agrupó. 
Esta congregación generó otras para resistirse y confrontarse en la satisfacción de sus 
necesidades e intereses de cada grupo respectivamente, gestándose guerras que cambiaron 
la entidad individual del humano en su condición natural, pasando por agrupaciones 
hasta formarse las naciones. 

El individuo ya no podía ni debía vivir en una libertad total que le resultaba inútil por la 
incertidumbre de conservarla si no se adhería a una nación, razón por la cual sacrificó una 
parte de dicha libertad para vivir con seguridad y tranquilidad. Esa suma de porciones 
de libertad sacrificadas al bien de cada persona constituyó la soberanía de una nación, y 
el soberano se convirtió en el depositario y administrador de las mismas. En el ejercicio 
de la soberanía el legislador, que representa a toda la sociedad agrupada por un contrato 
social, promulga las leyes que establecen las condiciones que permiten la convivencia en 
una nación y también definen las penas contra sus infractores que han de ser impuestas 

Beccaria, Cesare, 

De los delitos y de las penas, El Salvador, Editorial Jurídica Salvadoreña, 2007, pp. 18-21.