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La pena de muerte en Guatemala: un análisis íntegro y armónico conforme el derecho interno e internacional
CONCLUSIÓN (SÍNTESIS)
Como puede apreciarse, algunas de las discusiones generadas con posterioridad a la
inconstitucionalidad objeto de estudio se responden con los temas que históricamente
se han tratado
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: algunos son temas estrictamente jurídicos, como la interpretación
del artículo 18 de la Ley Fundamental, si todos los delitos con pena de muerte fueron
declarados inconstitucionales, si la Corte de Constitucionalidad se atribuyó facultades
del Congreso de la República de Guatemala, si son válidos los razonamientos vertidos
para la inconstitucionalidad (principalmente por el concepto de peligrosidad arraigado
en nuestro derecho penal); otros, de índole política, si el Congreso de la República
creará nuevas leyes con sanción de pena de muerte pese a la inconstitucionalidad; y,
otros, especulativos con visión negativa del futuro de Guatemala (léase precisamente
el último punto discutible).
En el desarrollo de este trabajo ha quedado clara la posición jurídica de Guatemala
con relación a la pena de muerte: las interpretaciones íntegras y armónicas del derecho
interno con el derecho internacional sentaron premisas contundentes sobre la posición
abolicionista tanto a nivel constitucional como de los instrumentos internacionales
aprobados y ratificados. La inconstitucionalidad sobre la pena de muerte prueba lo
afirmado. Será cuestión de tiempo que las discusiones jurídicas sobre este tema se agoten,
si los funcionarios públicos diseñan las políticas de manera estructurada, sistematizada y
programada tendiente a fortalecer las instituciones del Estado para prevenir, investigar y
sancionar el delito, pues de lo contrario, si como país no salimos de la débil e ineficiente
institucionalidad que nos caracteriza, la sociedad siempre reclamará la aplicación de la
pena de muerte porque proyectará en ella una solución rápida y «justa» que saciará su
inseguridad y apaciguará los gritos de impunidad.
Lo jurídico, lo político y lo social deben madurar de forma coordinada o simultánea (ir
de la mano). Transcurridos muchos años el primero dio el paso al frente, pero se requiere
que los otros ámbitos marchen al mismo ritmo, de lo contrario siempre habrá riesgo de
un grave retroceso en el país.
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Léase la página 99 del capítulo 4 que comprende la tesis (2), antítesis (3) y síntesis (4) antes de la
inconstitucionalidad.