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La pena de muerte en Guatemala: un análisis íntegro y armónico conforme el derecho interno e internacional
5.2.4 Si todos los delitos sancionados con pena de muerte fueron
declarados inconstitucionales: ¿se arrogó la Corte de
Constitucionalidad la facultad de abolir la pena de muerte, que
el artículo 18 de la Constitución Política de la República de
Guatemala atribuyó al Congreso de la República?
a. Tesis
El artículo 18 de la carta magna establece, en su última sentencia, que solo el Congreso
de la República podrá abolir la pena de muerte. El efecto de la inconstitucionalidad
proferida por la Corte de Constitucionalidad fue precisamente la de abolir la pena de
muerte en delitos comunes. Por lo anterior, es claro que dicha Corte se recetó facultades
que no le corresponden.
b. Antítesis
Conforme el artículo 268 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
la «[…] función esencial (de la Corte de Constitucionalidad) es la defensa del orden
constitucional»
189
. El artículo 267 de la carta magna determina que «las acciones en
contra de leyes, reglamentos o disposiciones de carácter general que contengan vicio
parcial o total de inconstitucionalidad, se plantearán directamente ante la Corte de
Constitucionalidad»
190
. Este último precepto se replica en el artículo 163 de la Ley de
Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad
191
.
La inconstitucionalidad objeto de análisis fue sometida a consideración de la Corte de
Constitucionalidad, entidad que analizó si la normativa penal cuestionada vulneraba los
artículos 17, 46 y 149 de la Constitución Política de la República de Guatemala y de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La sentencia dictada por la Corte no debe confundirse con una decisión del Congreso,
que hubiese derogado los artículos en cuestión. Emanan de entidades distintas y la
naturaleza de sus actos son también diferentes. Confundir esos aspectos equivale a no
atender el principio ontológico jurídico de identidad que establece: «Todo objeto de
conocimiento jurídico es idéntico a sí mismo»
192
.
189
Asamblea Nacional Constituyente, Constitución Política de la República de Guatemala, 1985.
190
Idem.
191
Asamblea Nacional Constituyente, Decreto número 1-86, Ley de Amparo, Exhibición Personal y
de Constitucionalidad.
192
García Máynez, Eduardo,
Introducción a la lógica jurídica, op. cit., p. 169.