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Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)
ser visto como algo positivo porque facilita que la víctima reclame la responsabilidad del
Estado, aunque también ha sido criticado por algunos autores que temen una ampliación
excesiva de la responsabilidad estatal.
En el siglo XXI es inaceptable que la doctrina de irresponsabilidad soberana continúe
aplicándose en el ordenamiento jurídico de cualquier Estado que se autodenomine como
un Estado de derecho. Esta irresponsabilidad debe estar erradicada tanto formal como
materialmente. De nada sirve que las leyes de un Estado reconozcan la responsabilidad
estatal si las normas que la regulan son tan confusas, incompletas y engorrosas, que
resulta siendo prácticamente inviable.
En ese sentido, las teorías más garantistas tienden hacia una regulación conforme al
derecho administrativo, de una responsabilidad por hecho propio y de carácter objetivo
o al menos, «objetivado». Podrían fijarse estos criterios como un estándar de referencia
para analizar la manera en que se regula esta materia en el ordenamiento jurídico
guatemalteco.