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Instituto de Investigación y Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Sociales (IIJ)
2.2.3 Subsidiaria o solidaria
La responsabilidad civil del Estado puede ser subsidiaria o solidaria
55
. Como ya se
mencionó, la responsabilidad subsidiaria es excesivamente engorrosa para la víctima.
Se exige que se individualice a uno o varios funcionarios responsables, se les demande
exitosamente, se promueva la ejecución de la sentencia y los condenados resulten total
o parcialmente insolventes. Solo entonces se puede accionar contra el Estado para
reclamarle la parte de la indemnización pendiente de pago. La responsabilidad solidaria,
en que el afectado puede actuar directamente contra el Estado sin tener que actuar previa
o simultáneamente contra algún funcionario responsable, es una opción preferible si
verdaderamente se busca que la responsabilidad del Estado se aplique
56
.
2.2.4 Subjetiva, objetivada u objetiva
La responsabilidad del Estado en el sistema civilista suele ser de tipo subjetivo o culpable.
Es decir, solamente se puede condenar al Estado si se demuestra un elemento intencional
de culpa o dolo en la conducta que causó el daño
57
. Si la conducta se ajusta a los parámetros
de la legalidad, entonces no procede la indemnización, aunque efectivamente se le haya
causado un daño a uno o varios sujetos.
La subjetividad puede ser vista como una seria deficiencia del régimen de responsabilidad
civil extracontractual del Estado, debido a que la ilicitud del acto puede llegar a ser difícil
de probar. Además, existen casos en que la conducta técnicamente se ajusta a la ley, pero
aun así produce daños y perjuicios injustos a los particulares. En dichas condiciones, el
carácter subjetivo de la responsabilidad estatal puede convertirse en un obstáculo para la
protección de las garantías básicas de los particulares
58
.
Sin embargo, como se mencionó en el capítulo anterior, recientemente ha surgido una
tendencia hacia la objetivación de la responsabilidad civil extracontractual, incluyendo la
55
Béjar Rivera, Luis José, «Apuntes sobre la responsabilidad patrimonial del Estado», Aída. Ópera Prima
de Derecho Administrativo, México, núm. 7, 2009, p. 307.
56
Gifreu i Font, Judith, «La responsabilidad patrimonial de la Administración», en Ballbé, Manuel y
Franch, Marta (dirs.), Manual de derecho administrativo. Una perspectiva desde los ordenamientos jurídicos de
Guatemala y España, Girona, UAB y AECI, 2002, p. 418.
57
Pérez Dayán, Alberto, op. cit., p. 159.
58
Murillo Morales, Jaime, «La teoría objetiva en la responsabilidad patrimonial del Estado», Revista del
Instituto de la Judicatura Federal, México, núm. 28, 2009, pp. 242-244.