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LUIS ANDRÉS LEPE SOSA
adecuada.
137
Por ese motivo, el Estado está obligado a garantizar que
el comportamiento del sector privado no perjudique el derecho a la
alimentación de los demás.
138
5. Estrategia nacional y ley marco de seguridad alimentaria
El Comité sugiere que cada Estado Parte formule una estrategia nacional
de seguridad alimentaria, que deberá comprender el cumplimiento de
determinados principios esenciales –responsabilidad, transparencia,
participación popular, descentralización, capacidad legislativa e
independencia de la magistratura–. Para formular dicha estrategia, cada
Estado debe diseñar mecanismos institucionales que aseguren un proceso
representativo para aprovechar los conocimientos internos disponibles
sobre el tema. Además de tratar sobre todos los aspectos del sistema
alimentario –producción, elaboración, distribución, comercialización y
consumo–, debe tocar temas paralelos, como salud, educación, empleo y
seguridad social. La prohibición de la discriminación y la sostenibilidad
ambiental deben ser dos de los principales componentes de la estrategia
nacional de seguridad alimentaria.
139
El Comité afi rma que un instrumento básico para la aplicación de la
estrategia nacional sería la implementación de una ley marco, en la que
se debería delimitar el papel que deban jugar los distintos actores de la
sociedad, incluyendo las instituciones de gobierno, el sector empresarial,
la sociedad civil y las agencias de cooperación internacional. Asimismo,
el Comité asegura que las entidades internacionales están obligadas a
cooperar con los Estados en la preparación de la ley marco y otras leyes
sectoriales, mencionando específi camente a la FAO y a UNICEF.
140
137 Ibidem, párr. 20.
138 Ibidem. párr. 27.
139 Ibidem, párr. 21-26.
140 Ibidem, párr. 29, 30.