59

LUIS ANDRÉS LEPE SOSA 

adecuada.

137

 Por ese motivo, el Estado está obligado a garantizar que 

el comportamiento del sector privado no perjudique el derecho a la 

alimentación de los demás.

138

 

5. Estrategia nacional y ley marco de seguridad alimentaria 

El Comité sugiere que cada Estado Parte formule una estrategia nacional 

de seguridad alimentaria, que deberá comprender el cumplimiento de 

determinados principios esenciales –responsabilidad, transparencia, 

participación popular, descentralización, capacidad legislativa e 

independencia de la magistratura–. Para formular dicha estrategia, cada 

Estado debe diseñar mecanismos institucionales que aseguren un proceso 

representativo para aprovechar los conocimientos internos disponibles 

sobre el tema. Además de tratar sobre todos los aspectos del sistema 

alimentario –producción, elaboración, distribución, comercialización y 

consumo–, debe tocar temas paralelos, como salud, educación, empleo y 

seguridad social. La prohibición de la discriminación y la sostenibilidad 

ambiental deben ser dos de los principales componentes de la estrategia 

nacional de seguridad alimentaria.

139

 

El Comité afi rma que un instrumento básico para la aplicación de la 

estrategia nacional sería la implementación de una ley marco, en la que 

se debería delimitar el papel que deban jugar los distintos actores de la 

sociedad, incluyendo las instituciones de gobierno, el sector empresarial, 

la sociedad civil y las agencias de cooperación internacional. Asimismo, 

el Comité asegura que las entidades internacionales están obligadas a 

cooperar con los Estados en la preparación de la ley marco y otras leyes 

sectoriales, mencionando específi camente a la FAO y a UNICEF.

140

 

137 Ibidem, párr. 20. 

138 Ibidem. párr. 27. 

139 Ibidem, párr. 21-26. 

140 Ibidem, párr. 29, 30.