PROTECCIÓN JURÍDICA DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA EN GUATEMALA
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por debajo de la línea de pobreza no extrema y 13% cae por debajo de
la línea de pobreza extrema.
Quienes se encuentran en situación de pobreza extrema no tienen
sufi cientes ingresos anuales para costear la canasta básica de alimentos
(CBA), entendida como el “mínimo alimentario que debe satisfacer
por lo menos las necesidades energéticas y proteínicas de un hogar
de referencia”.
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Esto signifi ca, en pocas palabras, que el 13% de la
población guatemalteca –casi dos millones de personas– no tiene
sufi cientes ingresos para su nutrición mínima.
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La insufi ciencia en los ingresos está relacionada con los bajos salarios
que predominan en el país. Así lo afi rma el procurador de los Derechos
Humanos: “la relación entre salarios e ingresos de los asalariados,
jornaleros, campesinos, micro, pequeños y medianos campesinos
respecto al estado nutricional de sus hijos y su familia es directa”.
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Aunque periódicamente se fi ja un ligero aumento al salario mínimo,
está claro que “ha sido rebasado de manera sustancial por el crecimiento
del costo de la canasta básica de alimentos”.
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La situación es aún peor en el sector informal, donde el salario
comúnmente está por debajo del mínimo, no se pagan las prestaciones
legales y no se goza de los benefi cios que ofrece el seguro social.
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Estas
condiciones se agudizan por la inequidad que prevalece en el país.
Existe una clara discriminación hacia las mujeres, los habitantes del
55 Instituto Nacional de Estadística (INE), Índice de precios al consumidor, Guatemala,
INE, mayo 2012, p. 30.
56 Instituto Nacional de Estadística (INE), Encuesta Nacional de Condiciones de Vida
(ENCOVI) 2011 (Resumen), Guatemala, INE, 2011, p. 8-9.
57 Procurador de los Derechos Humanos (PDH), El rostro humano del hambre, op.
cit., p. 17-18.
58 Procurador de los Derechos Humanos (PDH), La situación de los derechos humanos,
op. cit., p. 66.
59 Idem.