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ANEXO 2:
REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA
NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
Y NUTRICIONAL
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 75-2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Guatemala, a través del Decreto
número 32-2005, creó la Ley del Sistema Nacional de Seguridad
Alimentaria y Nutricional, como el marco normativo que permite
facilitar y mejorar las condiciones para reducir la inseguridad
alimentaria y nutricional en la que actualmente se encuentra una
proporción signifi cativa de la población guatemalteca.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en la indicada Ley, el Consejo
Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional –CONASAN–, por
medio del Secretario de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la
Presidencia de la República –SESAN–, ha preparado y formulado la
propuesta de Reglamento que desarrolle sus disposiciones normativas.
CONSIDERANDO:
Que por medio de la propuesta reglamentaria a la Ley en referencia,
se persigue sentar las bases para que la participación, apropiación,
compromiso y corresponsabilidad de todos los sectores tenga impacto
en mejorar la seguridad alimentaria y nutricional de toda la población
guatemalteca, focalizando acciones específi camente en las poblaciones