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ANEXO 2: 

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA 

NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA 

Y NUTRICIONAL

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 75-2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de Guatemala, a través del Decreto 

número 32-2005, creó la Ley del Sistema Nacional de Seguridad 

Alimentaria y Nutricional, como el marco normativo que permite 

facilitar y mejorar las condiciones para reducir la inseguridad 

alimentaria y nutricional en la que actualmente se encuentra una 

proporción signifi cativa de la población guatemalteca. 

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en la indicada Ley, el Consejo 

Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional –CONASAN–, por 

medio del Secretario de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la 

Presidencia de la República –SESAN–, ha preparado y formulado la 

propuesta de Reglamento que desarrolle sus disposiciones normativas. 

CONSIDERANDO:

Que por medio de la propuesta reglamentaria a la Ley en referencia, 

se persigue sentar las bases para que la participación, apropiación, 

compromiso y corresponsabilidad de todos los sectores tenga impacto 

en mejorar la seguridad alimentaria y nutricional de toda la población 

guatemalteca, focalizando acciones específi camente en las poblaciones