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RECOMENDACIONES
1. La seguridad alimentaria es vista tradicionalmente como un tema
“no jurídico”; es decir, que tiene poco o nada que ver con el derecho.
Se recomienda que las Facultades de Derecho del país adopten
dentro de su pensum aspectos relacionados con la seguridad
alimentaria, especialmente en las materias de: derechos humanos;
derecho agrario; derecho ambiental; y derecho administrativo.
2. A menudo las investigaciones e informes académicos e
institucionales de seguridad alimentaria incluyen un fundamento
legal muy escueto, si es que incluyen alguno. Se recomienda que
en las investigaciones de todo nivel que traten sobre la seguridad
alimentaria tomen en cuenta el fundamento legal mencionado
en este trabajo, especialmente respecto al artículo 11 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los
artículos 51, 96 y 99 de la Constitución Política de la República y la
Ley del Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional,
pero también incluyendo otras normas, como alguno de los
numerosos instrumentos internacionales analizados en el capítulo
II de este trabajo.
3. La fortifi cación de los alimentos es un tema que debe ser analizado
con mayor profundidad, por el considerable impacto que surte sobre
la nutrición de las personas en proporción con el moderado costo
de la fortifi cación. Además, no involucra medidas asistencialistas ni
tintes político-electorales, como sí ocurre en el caso de la asistencia
alimentaria por períodos prolongados. Se recomienda explorar la
posible fortifi cación de otros productos alimenticios básicos con
micronutrientes esenciales; por ejemplo, la fl uoración del agua
en algunos municipios del país o la fortifi cación obligatoria de la
harina de maíz.