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RECOMENDACIONES

1. La seguridad alimentaria es vista tradicionalmente como un tema 

“no jurídico”; es decir, que tiene poco o nada que ver con el derecho. 

Se recomienda que las Facultades de Derecho del país adopten 

dentro de su pensum aspectos relacionados con la seguridad 

alimentaria, especialmente en las materias de: derechos humanos; 

derecho agrario; derecho ambiental; y derecho administrativo. 

2. A menudo las investigaciones e informes académicos e 

institucionales de seguridad alimentaria incluyen un fundamento 

legal muy escueto, si es que incluyen alguno. Se recomienda que 

en las investigaciones de todo nivel que traten sobre la seguridad 

alimentaria tomen en cuenta el fundamento legal mencionado 

en este trabajo, especialmente respecto al artículo 11 del Pacto 

Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los 

artículos 51, 96 y 99 de la Constitución Política de la República y la 

Ley del Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, 

pero también incluyendo otras normas, como alguno de los 

numerosos instrumentos internacionales analizados en el capítulo 

II de este trabajo. 

3. La fortifi cación de los alimentos es un tema que debe ser analizado 

con mayor profundidad, por el considerable impacto que surte sobre 

la nutrición de las personas en proporción con el moderado costo 

de la fortifi cación. Además, no involucra medidas asistencialistas ni 

tintes político-electorales, como sí ocurre en el caso de la asistencia 

alimentaria por períodos prolongados. Se recomienda explorar la 

posible fortifi cación de otros productos alimenticios básicos con 

micronutrientes esenciales; por ejemplo, la fl uoración del agua 

en algunos municipios del país o la fortifi cación obligatoria de la 

harina de maíz.