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LUIS ANDRÉS LEPE SOSA
B. Análisis del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Alimentación (ROIMAGA)
1. Generalidades
El Reglamento Orgánico Interno del MAGA (en adelante, ROIMAGA),
emitido por el presidente de la República el 19 de noviembre de 2010
y publicado en el Diario de Centro América el 25 del mismo mes y año,
tiene como objetivo principal desarrollar el funcionamiento del MAGA,
atendiendo a las disposiciones de la Ley del Organismo Ejecutivo. Se
relaciona con la Ley del Organismo Ejecutivo y la Ley del SINASAN,
analizadas en capítulos anteriores.
El ROIMAGA está compuesto por treinta y ocho artículos que a
su vez se dividen en tres títulos. El primero, que lleva por nombre
“disposiciones generales” (arts. 1-4), establece brevemente el objeto y
ámbito de aplicación territorial del reglamento, así como la naturaleza
y las funciones del MAGA. En el artículo 3 del ROIMAGA se establece
que la naturaleza del MAGA consiste en lo siguiente:
[…] atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige
la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, ésta última en lo que le
atañe, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones
alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo
productivo nacional.
Esto signifi ca que la naturaleza o “razón de ser” del MAGA se
relaciona con los pilares de disponibilidad (producción de alimentos),
acceso (mejora de las condiciones alimentarias) y utilización (sanidad
agropecuaria) de los alimentos.