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LUIS ANDRÉS LEPE SOSA 

B. Análisis del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de 

Agricultura, Ganadería y Alimentación (ROIMAGA)

1. Generalidades

El Reglamento Orgánico Interno del MAGA (en adelante, ROIMAGA), 

emitido por el presidente de la República el 19 de noviembre de 2010 

y publicado en el Diario de Centro América el 25 del mismo mes y año, 

tiene como objetivo principal desarrollar el funcionamiento del MAGA, 

atendiendo a las disposiciones de la Ley del Organismo Ejecutivo. Se 

relaciona con la Ley del Organismo Ejecutivo y la Ley del SINASAN, 

analizadas en capítulos anteriores. 

El ROIMAGA está compuesto por treinta y ocho artículos que a 

su vez se dividen en tres títulos. El primero, que lleva por nombre 

“disposiciones generales” (arts. 1-4), establece brevemente el objeto y 

ámbito de aplicación territorial del reglamento, así como la naturaleza 

y las funciones del MAGA. En el artículo 3 del ROIMAGA se establece 

que la naturaleza del MAGA consiste en lo siguiente: 

[…] atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige 

la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, ésta última en lo que le 

atañe, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones 

alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo 

productivo nacional. 

Esto signifi ca que la naturaleza o “razón de ser” del MAGA se 

relaciona con los pilares de disponibilidad (producción de alimentos), 

acceso (mejora de las condiciones alimentarias) y utilización (sanidad 

agropecuaria) de los alimentos.